III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-20454)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio del Interior y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, sobre transporte ferroviario de viajeros por cuenta propia del personal de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 10 de diciembre de 2021

Decimoquinta.

Sec. III. Pág. 152066

Extinción del presente Convenio.

El presente Convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en las causas de resolución establecidas en el
artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, así como por rescisión anticipada, ejercitable
en cualquier momento, con un preaviso de dos meses por cualquiera de las partes.
Todo ello sin perjuicio de la finalización de las actividades que estuvieran
comprometidas hasta la fecha de resolución del presente Convenio, en cuyo caso, las
partes establecerán un plazo improrrogable, transcurrido el cual se procederá a la
liquidación del presente Convenio.
La modificación o prórroga del presente Convenio deberá inscribirse en el Registro
electrónico estatal antes citado para su eficacia y, posteriormente, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado». Para la resolución del Convenio bastará con la inscripción
en el Registro electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal.
Decimosexta.

Modificación del presente Convenio.

La modificación del contenido del presente Convenio requerirá acuerdo unánime de
los firmantes.
Decimoséptima.

Publicidad.

Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
Convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.

cve: BOE-A-2021-20454
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos en lugar y fecha arriba indicados.–El
Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–El Presidente de Renfe Viajeros
Sociedad Mercantil Estatal, SA, Isaías Táboas Suárez.