III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-20460)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria, para la digitalización y catalogación de una colección de grabaciones sonoras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 10 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 152097

Una de estas copias quedará en propiedad del Ministerio de Cultura y Deporte, que
será titular de sus derechos de explotación y propiedad intelectual, conforme a los
artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. El Ministerio de
Cultura y Deporte podrá realizar, permanentemente y en todos los países del mundo, los
actos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación que estime
convenientes de esta copia y sus metadatos asociados en cualquiera de las modalidades
de explotación existentes y conocidas al día de la fecha, todo ello sin perjuicio de los
derechos de propiedad intelectual de los contenidos afectados por estos usos, en
aplicación de la legislación de Propiedad Intelectual. En particular, el Ministerio de
Cultura y Deporte podrá difundir dicho recurso digital, incluidos sus metadatos, por
cualquier medio y en el marco de cualquier proyecto, actuación o iniciativa de cualquier
clase que adopte para el cumplimiento de los fines que tiene encomendados, y podrá
autorizar la reproducción de imágenes sueltas del recurso digital generado a terceros,
para su utilización en publicaciones, exposiciones y demás actividades de tipo educativo,
científico o cultural.
La segunda copia será entregada a el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran
Canaria, que será titular de los derechos de explotación y propiedad intelectual sobre
ella, conforme a los artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12
de abril. el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria podrá realizar,
permanentemente y en todos los países del mundo, los actos de reproducción,
distribución, comunicación pública y transformación que estime convenientes de esta
segunda copia digital y de sus metadatos asociados en cualquiera de las modalidades
de explotación existentes y conocidas al día de la fecha, así como autorizar a terceros a
realizar todas estas operaciones, todo ello sin perjuicio de los derechos de propiedad
intelectual de los contenidos afectados por estos usos, en aplicación de la legislación de
Propiedad Intelectual. En particular, el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria
podrá difundir dicho recurso digital, incluidos sus metadatos, por cualquier medio y en el
marco de cualquier proyecto, actuación o iniciativa de cualquier clase que adopte para el
cumplimiento de los fines que tiene encomendados, y podrá autorizar la reproducción de
imágenes sueltas del recurso digital generado a terceros, para su utilización en
publicaciones, exposiciones y demás actividades de tipo educativo, científico o cultural.
Tercera.

Obligaciones del Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria.

1. El Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria se compromete a facilitar
el acceso al Ministerio de Cultura y Deporte al ejemplar que conserva de la colección de
grabaciones sonoras, objeto de este Convenio para que se proceda a su digitalización y
catalogación una vez el Convenio sea plenamente eficaz conforme a lo dispuesto en la
cláusula sexta.
2. El incumplimiento de esta obligación tendrá como consecuencia la resolución del
Convenio conforme a lo previsto en el apartado 3.1.c) de la Cláusula quinta.
Cuarta. Obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte.
Son obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte:

a) Digitalizar y catalogar la colección de grabaciones sonoras objeto de este
Convenio.
b) Los trabajos de digitalización y catalogación a los que se refiere el número
anterior se realizarán conforme a la normativa técnica y demás recomendaciones de
organismos nacionales e internacionales que se vienen aplicando por dicho
departamento ministerial. En concreto, se ajustará a las condiciones técnicas y controles
de calidad establecidos en el documento «Requisitos técnicos de los proyectos de
digitalización de patrimonio bibliográfico y de prensa histórica de la SGCB» disponible en
el portal Travesía (http://hdl.handle.net/10421/8981).

cve: BOE-A-2021-20460
Verificable en https://www.boe.es

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