III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-20353)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales, correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 9 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 151555

EXPONEN
Que el día 18 de diciembre de 2019, se firmó un convenio entre el Ministerio
del Interior (Dirección General de la Guardia Civil), la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y el Consejo
Consultivo de Andalucía, en materia de seguridad y protección de los edificios judiciales
de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del edificio sede de dicho consejo.
Que la cláusula sexta apartado 3 del convenio dispone que, «Para las
actualizaciones anuales del Convenio, que en ningún caso tendrán naturaleza de
modificación de éste por tratarse de meras adaptaciones del mismo para el mejor
cumplimiento del objeto y fines para los que se perfeccionó, se acordará en el seno de
la Comisión Mixta de Seguimiento el número, empleos y distribución de efectivos
del Cuerpo de la Guardia Civil de cada Destacamento precisos para cubrir la seguridad
de los edificios bajo su responsabilidad, los incentivos al personal, las necesidades de
éste y las relativas al servicio, así como los recursos económicos y materiales que
aportará la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de
la Junta de Andalucía y el Consejo Consultivo de Andalucía, para hacer frente a los
gastos derivados de la aplicación del Convenio y sus actualizaciones. Las decisiones
que acuerde la Comisión Mixta de Seguimiento se recogerán en un Acta y se trasladarán
a una adenda anual al presente Convenio, que será suscrita por las mismas autoridades
que éste. La actualización deberá recoger, al menos, los incrementos que establezcan
las leyes anuales de presupuestos, y demás normas de aplicación, referidas a las
retribuciones básicas y complementarias de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado».
Que una vez recibida de la Dirección General de la Guardia Civil la valoración
económica para el año 2021 de los efectivos de personal actualizados vinculados al
convenio, con fecha 9 de febrero de 2021, la Comisión Mixta de Seguimiento
del Convenio acordó actualizar el importe máximo del convenio para el ejercicio 2021 y
que asciende a un total de quince millones ochocientos veinticuatro mil cuatrocientos
veintinueve euros, con sesenta y cuatro céntimos (15.824.429,64 euros) que en la
actualidad ha sido fiscalizada de conformidad por la Intervención General de la Junta
de Andalucía y distribuida de la siguiente forma:
1. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local: quince
millones setecientos cincuenta y ocho mil, trescientos ochenta y ocho euros con cuarenta
y seis céntimos (15.758.388,46 euros).
2. Consejo Consultivo de Andalucía: sesenta y seis mil, cuarenta y un euros con
dieciocho céntimos (66.041,18 euros).
De acuerdo con lo dispuesto en la citada cláusula 6.3, las actualizaciones a que
hacen referencia las estipulaciones primera, segunda y tercera de esta adenda son
válidas para el ejercicio presupuestario 2021 y, de acuerdo con la cláusula 10.ª, quedan
condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las
obligaciones derivadas del mismo en el Presupuesto de la Junta de Andalucía.

ESTIPULACIONES
Primera.
Actualizar el catálogo de efectivos de personal de la Guardia Civil destinados a la
prestación del servicio, acordada por la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio
con fecha 9 de febrero de 2021, con la distribución que se detalla en el anexo I del acta
de la sesión de fecha 9 de febrero de 2021, de la Comisión Mixta de Seguimiento
del Convenio.

cve: BOE-A-2021-20353
Verificable en https://www.boe.es

Por todo lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio
referido que se regirá por las siguientes: