III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20360)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294

Jueves 9 de diciembre de 2021

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de conserjería, portería, ordenanza, personal de limpieza, cocina, etc. También se
encuadran las prestaciones de tareas auxiliares dentro de las diferentes áreas de
producción y en cualquier sección de la empresa, vinculadas a los oficios de este
Convenio.
Niveles.
Auxiliar de servicios: Es la persona que desarrolla cualquiera de las funciones
propias de conserjería, limpieza, ordenanza, portería, así como otras por analogía
asimiladas a éstas.
Auxiliar de taller: Es la persona que, sin preparación específica para los oficios que
comprende este Convenio, realiza labores que exigen para su ejecución un cierto
adiestramiento y una atención especial, ligadas ambas íntimamente a los oficios propios
incluidos en el ámbito funcional, pudiendo prestar servicios indistintamente en cualquiera
de las secciones de la empresa; no podrá encargarse del manejo, propiamente dicho, de
máquinas.
Área profesional: editoriales.
Grupo editoriales: Agrupa las prestaciones propias del sector editorial.

Editor / editora: Es la persona que redacta, gestiona, elabora y programa los
proyectos editoriales que han sido encomendados en su área de especialidad, siguiendo
los criterios establecidos y bajo la supervisión directa de su superior.
Debe tener el nivel académico y la experiencia suficientes para conseguir un
producto que reúna las características técnicas especificadas para su publicación y
adecuados a las exigencias particulares del mercado.
Redactor / redactora: Es la persona que, con título académico o sin él, redacta, bajo
la supervisión de la empresa a la que se encuentra vinculado laboralmente, artículos
para todo tipo de publicaciones.
Diagramador editorial / diagramadora editorial: Es la persona que, con una buena
preparación cultural y artística, y dominando las diversas técnicas del dibujo, con
conocimientos prácticos y amplios de los diferentes medios empleados en la edición de
libros, de las técnicas y sistemas de preimpresión, impresión y encuadernación utilizados
en artes gráficas, es capaz de concebir y realizar, en su totalidad, proyectos originales
para la conversión de un original en un producto editorial.
Cartógrafo / cartógrafa: Es la persona especializada capaz de concebir y realizar, en
su totalidad, proyectos y dibujos originales de mapas, planos, gráficos y diagramas en
todas sus fases: información, proyecto, grabado y trabajos con filmes.
Ilustrador / ilustradora: Es la persona que, con formación artística suficiente para la
elección del material de ilustración conociendo bien las fuentes de procedencia del
mismo y con plena responsabilidad en su conservación, catalogación, registro de
entradas y salidas, determina, en contacto o no con el autor o autora del texto, una vez
leído el original, las fotografías, grabados, dibujos, etc., que deben ilustrar la obra.
Bibliotecario – documentalista / bibliotecaria – documentalista: Es la persona que, en
posesión del título profesional correspondiente, o aun sin título, pero con una amplia
formación cultural, cuida de la catalogación y ordenación de archivos y bibliotecas, se
mantiene informada de las novedades bibliográficas precisas y recomienda, en su caso,
y gestiona la adquisición de libros y revistas apropiadas para el buen desenvolvimiento
de las tareas editoriales.
Técnico editorial / técnica editorial: Es la persona que realiza las tareas necesarias,
según las indicaciones de un superior, para resolver los trabajos asignados de acuerdo
con las características técnicas y requerimiento de plazos marcados.

cve: BOE-A-2021-20360
Verificable en https://www.boe.es

Niveles.