III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Cádiz. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-20370)
Resolución del 22 de noviembre de 2021, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Cádiz, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio de 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 294
Jueves 9 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151733
Sobre la base del trabajo realizado, según lo descrito en el párrafo anterior, no tenemos nada que
informar respecto a la otra información. La información que contiene concuerda con la de las
cuentas anuales del ejercicio 2019, y su contenido y presentación son conformes a la normativa
que resulta de aplicación.
V.
RESPONSABILIDAD DEL DIRECTOR DEL CENTRO ASOCIADO A LA UNED
EN CÁDIZ EN RELACIÓN CON LA AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES
El Director del Centro Asociado a la UNED en Cádiz es responsable de formular las cuentas anuales
adjuntas, de forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, y del
resultado económico-patrimonial de la entidad, de conformidad con el marco normativo de
información financiera aplicable a la entidad en España, y del control interno que consideren
necesario para permitir la preparación de cuentas anuales libres de incorrección material, debida a
fraude o error.
En la preparación de las cuentas anuales, el Director del Centro Asociado a la UNED en Cádiz es
responsable de la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en
funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en
funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento excepto si tiene
la intención o la obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista
otra alternativa realista.
VI.
RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR EN RELACIÓN CON LA AUDITORÍA
DE LAS CUENTAS ANUALES
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales en su conjunto
están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que
contiene nuestra opinión.
Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada
de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector
Público vigente en España siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las
incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de
cve: BOE-A-2021-20370
Verificable en https://www.boe.es
forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que
los usuarios toman basándose en las cuentas anuales.
Núm. 294
Jueves 9 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151733
Sobre la base del trabajo realizado, según lo descrito en el párrafo anterior, no tenemos nada que
informar respecto a la otra información. La información que contiene concuerda con la de las
cuentas anuales del ejercicio 2019, y su contenido y presentación son conformes a la normativa
que resulta de aplicación.
V.
RESPONSABILIDAD DEL DIRECTOR DEL CENTRO ASOCIADO A LA UNED
EN CÁDIZ EN RELACIÓN CON LA AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES
El Director del Centro Asociado a la UNED en Cádiz es responsable de formular las cuentas anuales
adjuntas, de forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, y del
resultado económico-patrimonial de la entidad, de conformidad con el marco normativo de
información financiera aplicable a la entidad en España, y del control interno que consideren
necesario para permitir la preparación de cuentas anuales libres de incorrección material, debida a
fraude o error.
En la preparación de las cuentas anuales, el Director del Centro Asociado a la UNED en Cádiz es
responsable de la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en
funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en
funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento excepto si tiene
la intención o la obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista
otra alternativa realista.
VI.
RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR EN RELACIÓN CON LA AUDITORÍA
DE LAS CUENTAS ANUALES
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales en su conjunto
están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que
contiene nuestra opinión.
Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada
de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector
Público vigente en España siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las
incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de
cve: BOE-A-2021-20370
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forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que
los usuarios toman basándose en las cuentas anuales.