III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-20295)
Resolución de 7 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Agencia EFE, para dotar de una mayor visibilidad al pabellón de España en el Congreso MWC Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 8 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 151130

Así mismo, garantizan que el tratamiento de los datos se produce dentro de la
legítima finalidad de dar cumplimiento al presente Convenio suscrito entre todas las
entidades, y que se encuentra dentro de los fines legítimos de las mismas, de manera
que las entidades garantizarán que los datos de carácter personal objeto de este
Convenio se han recabado y tratado dando cumplimiento a sus deberes de información y
transparencia así como a todas las garantías legales, técnicas y organizativas que exige
la normativa de protección de datos.
Cada una de las Partes, sobre aquellos datos personales de los que sea
Responsable de Tratamiento, facilitará a cada interesado los datos de contacto del
Delegado de Protección de Datos. El/los titular/es de dichos datos podrán ejercer los
derechos de acceso, rectificación y supresión, de limitación del tratamiento y de
oposición dirigiéndose por escrito a los respectivos Delegados de Protección de Datos, o
mediante los mecanismos que las Partes informen y dispongan al efecto.
Finalmente, los datos personales del/los compareciente/s utilizados para la firma del
presente Convenio serán tratados, gestionados y conservados por las Partes con la
finalidad de llevar a cabo la gestión, desarrollo, cumplimiento y control de la presente
relación y proporcionar el acceso, así como la realización de remisiones de obligado
cumplimiento. Este tratamiento queda legitimado por ser necesario para el cumplimento
de este Convenio.
Octava. Vigencia.
El presente Convenio tendrá una duración de dos (2) años y de conformidad con el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
se perfecciona con el consentimiento de las Partes y resultará eficaz una vez inscrito en
el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
(REOICO). Adicionalmente debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
El Convenio permanecerá en vigor desde el día de su inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y durante dos
años.
En el caso de emergencia sanitaria u otro tipo de situación similar, las Partes podrán
acordar la suspensión de las actividades.
Novena.

Comisión de Seguimiento.

– Aprobar los planes de proyecto, con detalle de las actuaciones a realizar, y el
presupuesto específico de cada una de ellas, siempre que no resulte afectado el
contenido mínimo y esencial del Convenio, el cual no puede ser objeto de modificación
en la Comisión de Seguimiento.
– Posteriormente a la ejecución de cada actuación, aprobar las correspondientes
memorias justificativas de cada una de ellas en la que deben contar, descripción técnica,
y económica, acompañada de los entregables, facturas, y pagos que justifiquen la
efectiva materialización del gasto.

cve: BOE-A-2021-20295
Verificable en https://www.boe.es

Se establece una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, constituida por al
menos un (1) representante de cada una de las Partes, que será designado
expresamente. La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los
miembros de la Comisión de Seguimiento, será anunciada en la convocatoria de la
reunión correspondiente, y quedará debidamente reflejada en el acta de la misma.
Un miembro de la Comisión de Seguimiento ejercerá las funciones de presidente con
voto dirimente en caso de empate.
Red.es designará al secretario de la Comisión que actuará con voz, pero sin voto.
A las reuniones de la Comisión de Seguimiento podrán asistir invitados de cada una
de las partes, que actuarán con voz, pero sin voto.
La Comisión de Seguimiento tiene las siguientes competencias: