III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Subvenciones. (BOE-A-2021-20285)
Orden JUS/1373/2021, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/228/2021, de 8 de marzo, por la que se concede una subvención directa al Consejo General de Procuradores de España en materia de prestación de asistencia jurídica gratuita, para el ejercicio presupuestario 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151069
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20285
Orden JUS/1373/2021, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Orden
JUS/228/2021, de 8 de marzo, por la que se concede una subvención directa
al Consejo General de Procuradores de España en materia de prestación de
asistencia jurídica gratuita, para el ejercicio presupuestario 2021.
Con fecha 13 de marzo de 2021 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE
n.º 62) la Orden JUS/228/2021, de 8 de marzo, por la que se concede una subvención
directa al Consejo General de Procuradores de España en materia de prestación de
asistencia jurídica gratuita, para el ejercicio presupuestario 2021.
En esta Orden se adoptó la resolución de «Conceder al Consejo General de
Procuradores de España una subvención nominativa de acuerdo con el artículo 22.2.a)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por importe
de 3.673.250 euros, con cargo al crédito disponible en la aplicación
presupuestaria 13.02.112A.484, para la prestación del servicio de asistencia jurídica
gratuita, en el ámbito de competencia del Ministerio de Justicia, para el ejercicio
presupuestario 2021».
El apartado segundo de la Orden ministerial dispone que la subvención concedida
tiene por objeto:
El apartado noveno de la Orden prevé que «La presente orden podrá modificarse
como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la
concesión.»
La eventual modificación «se dictará por el titular del Ministerio Justicia y deberá ser
motivada.»
El incremento de las actuaciones realizadas por los Procuradores en lo que va de
año, respecto de las tomadas como referencia para fijar el importe de la subvención, han
provocado que se haya consumido la práctica totalidad de la cuantía concedida. Las
certificaciones presentadas hasta el mes de agosto, sin incluir la mensualidad de julio,
ascienden a un total de 3.410.307,86 euros, por lo cual los importes de los abonos
pendientes hasta final del ejercicio superaran el gasto máximo subvencionable.
Por la razón expuesta en el párrafo anterior –el incremento de las actuaciones
realizadas por los Procuradores respecto de las tomadas como referencia para fijar el
importe inicial de la subvención–, se ha tramitado una modificación presupuestaria a
resultas de la cual el importe de la dotación correspondiente a esta subvención
nominativa se ha elevado en 1.150.000 euros.
cve: BOE-A-2021-20285
Verificable en https://www.boe.es
«1. Indemnizar las actuaciones profesionales que realicen los procuradores
descritas en los apartados 1 a 3 del artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de
Asistencia Jurídica Gratuita, en el ámbito de competencias del Ministerio de Justicia,
siempre que tengan por destinatarios a quienes sean beneficiarios del derecho a la
asistencia jurídica gratuita.
2. Sufragar el coste que genere al Consejo General de Procuradores de España el
funcionamiento operativo de los servicios de asistencia jurídica gratuita, de las unidades
encargadas del asesoramiento y la orientación previos al proceso a los ciudadanos, en el
ámbito de competencia del Ministerio de Justicia.
3. Sufragar los gastos devengados por la tramitación de los expedientes de
asistencia jurídica gratuita, en el ámbito de competencia del Ministerio de Justicia.»
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151069
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20285
Orden JUS/1373/2021, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Orden
JUS/228/2021, de 8 de marzo, por la que se concede una subvención directa
al Consejo General de Procuradores de España en materia de prestación de
asistencia jurídica gratuita, para el ejercicio presupuestario 2021.
Con fecha 13 de marzo de 2021 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE
n.º 62) la Orden JUS/228/2021, de 8 de marzo, por la que se concede una subvención
directa al Consejo General de Procuradores de España en materia de prestación de
asistencia jurídica gratuita, para el ejercicio presupuestario 2021.
En esta Orden se adoptó la resolución de «Conceder al Consejo General de
Procuradores de España una subvención nominativa de acuerdo con el artículo 22.2.a)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por importe
de 3.673.250 euros, con cargo al crédito disponible en la aplicación
presupuestaria 13.02.112A.484, para la prestación del servicio de asistencia jurídica
gratuita, en el ámbito de competencia del Ministerio de Justicia, para el ejercicio
presupuestario 2021».
El apartado segundo de la Orden ministerial dispone que la subvención concedida
tiene por objeto:
El apartado noveno de la Orden prevé que «La presente orden podrá modificarse
como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la
concesión.»
La eventual modificación «se dictará por el titular del Ministerio Justicia y deberá ser
motivada.»
El incremento de las actuaciones realizadas por los Procuradores en lo que va de
año, respecto de las tomadas como referencia para fijar el importe de la subvención, han
provocado que se haya consumido la práctica totalidad de la cuantía concedida. Las
certificaciones presentadas hasta el mes de agosto, sin incluir la mensualidad de julio,
ascienden a un total de 3.410.307,86 euros, por lo cual los importes de los abonos
pendientes hasta final del ejercicio superaran el gasto máximo subvencionable.
Por la razón expuesta en el párrafo anterior –el incremento de las actuaciones
realizadas por los Procuradores respecto de las tomadas como referencia para fijar el
importe inicial de la subvención–, se ha tramitado una modificación presupuestaria a
resultas de la cual el importe de la dotación correspondiente a esta subvención
nominativa se ha elevado en 1.150.000 euros.
cve: BOE-A-2021-20285
Verificable en https://www.boe.es
«1. Indemnizar las actuaciones profesionales que realicen los procuradores
descritas en los apartados 1 a 3 del artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de
Asistencia Jurídica Gratuita, en el ámbito de competencias del Ministerio de Justicia,
siempre que tengan por destinatarios a quienes sean beneficiarios del derecho a la
asistencia jurídica gratuita.
2. Sufragar el coste que genere al Consejo General de Procuradores de España el
funcionamiento operativo de los servicios de asistencia jurídica gratuita, de las unidades
encargadas del asesoramiento y la orientación previos al proceso a los ciudadanos, en el
ámbito de competencia del Ministerio de Justicia.
3. Sufragar los gastos devengados por la tramitación de los expedientes de
asistencia jurídica gratuita, en el ámbito de competencia del Ministerio de Justicia.»