III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2021-20167)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Graduados en Ingeniería de la Rama Agrícola de Castilla-Duero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 150320

Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y
se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de
marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre la
Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones públicas,
fijando el marco al que deben sujetarse los convenios que, sobre esta materia, se
suscriban, sin perjuicio de la aplicación de las prescripciones de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero.
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Graduados en Ingeniería de la
Rama Agrícola de Castilla-Duero es una Corporación de Derecho Público con plena
capacidad de obrar de conformidad con el artículo 1 de su Estatuto Particular.
Cuarto.
Los Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas colegiados disponen de
información gráfica relativa a inmuebles situados en todo el territorio nacional, obtenida
por la realización de sus trabajos profesionales, que conllevan información con
trascendencia catastral. Precisan éstos, por contrapartida, disponer de cartografía
catastral digital permanentemente actualizada y georreferenciada para su uso en la
redacción de trabajos topográficos, proyectos, informes, tasaciones, dictámenes o
pruebas judiciales.
Quinto.
De indudable utilidad para el desarrollo de su actividad profesional es la suscripción
del presente Convenio con la Dirección General del Catastro, que facilitará la obtención
electrónica de los datos catastrales precisos para la conclusión de sus trabajos
profesionales, lo que propiciará la mejora de las prestaciones a los ciudadanos,
agilizando dicha actuación y confiriéndole un mayor grado de fiabilidad, transparencia y
seguridad jurídica.
Asimismo, la asistencia a sus clientes en la confección y presentación de
declaraciones ante el Catastro contribuirá a facilitarles el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias.

El presente Convenio se suscribe en el marco de colaboración establecido en el
Convenio suscrito el 17 de marzo de 2021 entre la Dirección General del Catastro y el
Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas de España.
Séptimo.
El presente Convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
del Ministerio de Hacienda.
En consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente
Convenio de acuerdo con las siguientes

cve: BOE-A-2021-20167
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.