III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-20179)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha, para la conservación de las estirpes de cerdo ibérico torbiscal y guadyerbas en el Centro de Investigaciones Agropecuarias "Dehesón del Encinar".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 150483

EXPONEN
Primero.
Que el INIA y el IRIAF firmaron, con fecha 8 de julio de 2019, un convenio para la
conservación de las estirpes de cerdo ibérico Torbiscal y Guadyerbas en el Centro de
Investigaciones Agropecuarias «Dehesón del Encinar».
El convenio se publicó en el BOE n.º 193, de 13 de agosto de 2019, previa
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
(REOICO).
Segundo.
Que la cláusula tercera de evaluación económica del convenio, en su párrafo cuarto
establece que «La aportación dineraria del INIA, con cargo a su partida
presupuestaria 27.104.467D.751.05, o la equivalente que la sustituya en ejercicios
posteriores, se transferirá al IRIAF mediante pagos semestrales de 5.500 euros cada
uno, tras la presentación por parte del IRIAF de un informe de las actividades realizadas
y de la justificación del gasto efectuado en el periodo anterior. Esta justificación consistirá
en un certificado de la Gerencia o Servicio de Contabilidad del IRIAF en el que se
especifiquen, detallados por conceptos, los gastos efectuados, que estarán incluidos
entre los detallados en el punto 4.3 del Anexo Técnico, destinados a la conservación de
las estirpes.»
Tercero.
Que, durante el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del convenio, se ha
constatado que la evaluación económica de los conceptos incluidos en el punto 4.3 del
Anexo Técnico (material requerido para la conservación de las estirpes: identificación
individual de lechones y electrónica de reproductores, medidores de engrasamiento en
vivo, reposición de básculas) ha resultado sobrevalorada, mientras que el coste de la
alimentación del ganado, en principio asumida completamente por el IRIAF, supone un
importe mayor que el presupuestado inicialmente, por lo que se considera oportuno
modificar los conceptos a los que el IRIAF puede destinar la aportación económica del
INIA, incluyendo entre ellos el coste de alimentación de los animales.
Cuarto.
Que la cláusula undécima del convenio prevé la posibilidad de modificar el convenio,
por acuerdo expreso de las partes firmantes, de acuerdo con los procedimientos que
exija la normativa vigente.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de modificación del
convenio firmado el 8 de julio de 2019, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Modificación del apartado 4.3 del Anexo Técnico.

Se modifica la redacción del apartado 4.3 del Anexo Técnico, que queda redactada
en los siguientes términos:
«4.3

Aportaciones al IRIAF:

11.000 euros/año para adquisición de material requerido para la conservación
de las estirpes: identificación individual de lechones y electrónica de
reproductores, (traspondedores y lectores), medidores de engrasamiento en vivo,

cve: BOE-A-2021-20179
Verificable en https://www.boe.es

Primera.