III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-20164)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, como entidad colaboradora para la gestión de subvenciones de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo en la República del Paraguay.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 150302

Se establecerá de mutuo acuerdo el mecanismo de funcionamiento y comunicación
que mantendrá con la OEI, así como la frecuencia de reuniones.
El procedimiento a aplicar para el seguimiento de cada Subvención será el siguiente:
– Indicar a la OEI la designación de los miembros del Comité Gestor.
– Dar la no objeción técnica a las planificaciones anuales de los proyectos (POAS) y
las modificaciones del presupuesto cuando afecten a más del 20% del mismo o a lo
establecido en la Resolución de Subvención de cada proyecto.
– Dar la no objeción técnica a las contrataciones que deba realizar la OEI, por medio
de Actas de resolución del Comité Gestor que estará integrado por los miembros
autorizados de la Institución Beneficiaria de la subvención y de la AECID.
– El Comité Gestor deberá enviar a la OEI las actas no objetadas. A estos efectos se
fijará para cada subvención el procedimiento operativo para el manejo de los comités, de
las actas y de las firmas.
– Velar que la OEI aplique la Guía de Gestión de Subvenciones de Cooperación
Internacional de la Cooperación Española en Asunción.
– El Comité Gestor estará en contacto permanente con la OEI y le indicará el curso
de acción a seguir ante eventuales situaciones no previstas en la subvención, a través
de Actas firmadas por el Comité.

cve: BOE-A-2021-20164
Verificable en https://www.boe.es

La OEI debe velar porque en la contratación y en los pagos que se realice por cada
proyecto, se aplique la exención de impuestos de acuerdo a lo establecido en el
Decreto 540/2004.
La AECID será la encargada de realizar los trámites de registro en REOICO,
publicación en BOE y en Portal de Transparencia.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X