III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-20170)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad Europea Miguel de Cervantes, para el desarrollo de programas de cooperación educativa y prácticas académicas externas.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 150338

Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir el presente
convenio, y a tal efecto
EXPONEN
I. La Universidad, tiene entre sus funciones la difusión del conocimiento y la cultura
a través de la extensión universitaria y la formación continuada. Asimismo, asume su
compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de
nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras instituciones, que
permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los
conocimientos teóricos adquiridos.
II. ENAIRE, creado en virtud de lo prevenido en el artículo 82 de la Ley 4/1990,
de 29 de junio, tendrá como misión, en el ámbito de sus competencias, de conformidad
con el artículo 1 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 905/1991, de 14 de junio,
contribuir al desarrollo del transporte aéreo en España y garantizar el tránsito aéreo con
seguridad, fluidez, eficacia y economía, ofreciendo una calidad de servicio acorde con la
demanda de clientes y usuarios, en el marco de la política general de transpones del
Gobierno, sin perjuicio de las competencias que, en actividades relacionadas con el
ejercicio de funciones soberanas, puedan corresponder a otros Departamentos
ministeriales.
Asimismo, tiene encomendadas, de conformidad con el artículo 11 del Estatuto del
Ente, las siguientes funciones específicas en materia de navegación aérea: ordenación,
dirección, coordinación, explotación, gestión y administración de los servicios de tránsito
aéreo y de telecomunicaciones e información aeronáutica, así como de las
infraestructuras, instalaciones y redes de telecomunicaciones del sistema de navegación
aérea. Igualmente le corresponde la elaboración y aprobación de proyectos, ejecución,
dirección y control de las inversiones, así como la explotación y conservación de las
infraestructuras, instalaciones y redes de telecomunicaciones del sistema de navegación
aérea.
III. Tanto ENAIRE como la Universidad son poderes adjudicadores en virtud de lo
dispuesto en los artículos 3.3.d y 3.3.c de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, estando excluido del ámbito de aplicación de la
Ley 9/2017, de 9 de noviembre de, de Contratos del Sector Público, por tratarse de un
convenio celebrado entre una entidad del sector público con una persona jurídica sujeta
al derecho privado, sin que su contenido esté comprendido en el de los contratos
regulados en la referida Ley o en normas administrativas especiales.
IV. Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, acuerdan suscribir el
presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de
la Universidad realizarán un programa de prácticas externas así como del Trabajo de Fin
de Grado/Máster (en adelante TFG/TFM) de cualquier enseñanza impartida por la
Universidad, tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares de cada
modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo, así como de acuerdo
con lo manifestado en la memoria justificativa que se adjunta al presente convenio, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de
Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2021-20170
Verificable en https://www.boe.es

Primera.