III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2021-20064)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia Estatal de Atención al Daño Cerebral de Madrid y la Universidad Internacional de Valencia, para la realización de prácticas académicas externas.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 149819

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las
facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que
representan:
EXPONEN
Que el Real Decreto 311/2021, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se adscribe a
dicho Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, la entidad
gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura orgánica
y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios
complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social para personas
mayores, como también el establecimiento y gestión de centros de atención
especializada o de aquellos a los que se les atribuyan objetivos especiales de
investigación y ámbito de actuación estatal.
Que el artículo 16 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, configura,
dentro de la red de centros para la autonomía y atención a la dependencia a los centros
de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y
cuidado de situaciones de dependencia.
Que la Orden TAS/55/2002, de 8 de enero, crea y regula el Centro de Referencia
Estatal de Atención al Daño Cerebral adscrito al Imserso y ubicado en Madrid,
configurándolo como un centro sociosanitario público dedicado a la rehabilitación integral
e intensiva de personas con lesión cerebral adquirida y no progresiva, así como a la
formación y cualificación de los profesionales y el impulso en todos los territorios del
Estado de la rehabilitación y la mejora de la calidad de vida de las personas
discapacitadas con daño cerebral sobrevenido y de sus familias cuidadoras y la
información y asistencia técnica de las Administraciones Públicas, Instituciones,
Entidades Públicas y Privadas y a cuantas personas lo soliciten sobre la atención
sociosanitaria de personas con daño cerebral adquirido y estableciendo sus fines.
Que la Universidad Internacional de Valencia fue reconocida por la Ley 7/2008, de la
Generalitat de Valencia, de Reconocimiento de la Universitat Internacional de Valencia
para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y
validez en todo el territorio nacional en la modalidad predominantemente no presencial y
de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de sus estatutos, la Universidad Internacional
de Valencia fomentará y regulará las prácticas y estancias en empresas y organismos
públicos o privados, que contribuyan a la formación de los estudiantes en combinación
con su actividad académica.
Que ambas partes, considerando que tienen objetivos complementarios para sus
fines institucionales, y coincidiendo en declarar el alto interés que la formación práctica
de los estudiantes universitarios tiene, estiman de interés el establecimiento de una
cooperación que permita la realización en el Ceadac, del Imserso, de prácticas
curriculares de estudiantes propuestos por la Universidad Internacional de Valencia.
En consecuencia, las partes firmantes, en virtud del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, que regula las practicas académicas externas de los universitarios, y del Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario y al amparo del reglamento sobre prácticas académicas externas de la

cve: BOE-A-2021-20064
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 289