II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-19961)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 2 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 148901

En el caso de que conste en el expediente los documentos solicitados en formato
original y los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo
estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
10.

Nombramiento y toma de posesión

10.1 El nombramiento como personal funcionario de carrera, que no podrá exceder
de uno para cada plaza, será efectuado por la Rectora de la Universidad de La Laguna,
después de que el candidato o candidata propuesta para la provisión de la plaza haya
presentado la documentación a que se refiere la base anterior.
10.2 En caso de que la persona propuesta renuncie o no presente oportunamente
la documentación requerida, la Rectora procederá al nombramiento de la siguiente
persona en el orden de valoración formulado por la Comisión juzgadora una vez
presentada la documentación a que se refiere la base anterior en el plazo que se habilite
al efecto.
10.3 El nombramiento será comunicado al correspondiente Registro a efectos de
otorgamiento del número de Registro Personal e inscrito en el Cuerpo respectivo,
especificará la denominación de la plaza: Cuerpo, Área de conocimiento y Centro. Dicho
nombramiento será publicado en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de
Canarias, y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Coordinación
Universitaria.
10.4 En el plazo máximo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la
publicación en el Boletín Oficial del Estado del nombramiento del candidato o candidata
seleccionada, ésta deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la
condición de personal funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con
los derechos y deberes que le son propios.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse al menos
durante dos años antes de poder participar en un nuevo concurso a efectos de obtener
plaza en otra Universidad.
Norma final

11.1 Durante el desarrollo del concurso, la Comisión de selección resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
11.2 De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE n.º 294,
de 6.12.18), y el Reglamento General de Protección de Datos, RGPD), los datos
facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya
finalidad es la gestión del personal de la Universidad de La Laguna, gestión de la
docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y actos
universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos
de selección. Siendo algunos de los servicios prestados por empresas externas, la
activación de los mismos (p.ej. el correo electrónico) puede requerir que el interesado
preste su consentimiento a condiciones adicionales sobre el uso de sus datos de
carácter personal; en todo caso la activación de dichos servicios y, por ende, la
aceptación de tales condiciones, es plenamente voluntaria para el interesado. Los datos
contenidos en este fichero podrán ser tratados con fines históricos o estadísticos
11.3 A través de la presentación de la solicitud de participación en el concurso, la
persona interesada consiente en que los datos personales recogidos en aquella puedan

cve: BOE-A-2021-19961
Verificable en https://www.boe.es

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