III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-20001)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio de 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 2 de diciembre de 2021

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forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que
los usuarios toman basándose en las cuentas anuales.
Como parte de una auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de
auditoría de cuentas vigente para el Sector Público en España, aplicamos nuestro juicio profesional
y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría.
También:


Identificamos y valoramos los riesgos de incorrección material en las cuentas anuales,
debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para
responder a dichos riesgos y obtenemos evidencia de auditoría suficiente y adecuada para
proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección
material debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección material debida
a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones deliberadas,
manifestaciones intencionadamente erróneas, o la elusión del control interno.



Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de
diseñar procedimientos de auditoria que sean adecuados en función de las circunstancias,
y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la
entidad.



Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas y la razonabilidad de las
estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el órgano de gestión.
Concluimos sobre si es adecuada la utilización, por el Director del CAMA, del principio
contable de entidad en funcionamiento y, basándonos en la evidencia de auditoría
obtenida, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre material relacionada con
hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la
entidad para continuar como entidad en funcionamiento. Si concluimos que existe una
incertidumbre material, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe de
auditoría sobre la correspondiente información revelada en las cuentas anuales o, si dichas
revelaciones no son adecuadas, que expresemos una opinión modificada. Nuestras
conclusiones se basan en la evidencia de auditoria obtenida hasta la fecha de nuestro

cve: BOE-A-2021-20001
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