III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-20001)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio de 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 2 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 149243

El valor razonable es el importe por el que puede ser intercambiado un activo o liquidado un
pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realicen una transacción en
condiciones de independencia mutua.
Con carácter general, en la valoración de instrumentos financieros valorados a valor
razonable, el centro calcula éste por referencia a un valor fiable de mercado, constituyendo
el precio cotizado en un mercado activo la mejor referencia de dicho valor razonable. Para
aquellos instrumentos respecto de los cuales no exista un mercado activo, el valor razonable
se obtiene, en su caso, mediante la aplicación de modelos y técnicas de valoración.
Se asume que el valor en libros de los créditos y débitos por operaciones comerciales se
aproxima a su valor razonable.

3.6. Existencias
No figura importe de existencias debido a que el Centro Asociado no realiza actividad comercial
alguna.

3.7. Ingresos y gastos
Los ingresos y gastos se imputan en función de la corriente real de bienes y servicios que
representan y con independencia del momento en el que se produce la corriente monetaria o
financiera derivada de ellos, esto es, según el Principio de Devengo.
No obstante, siguiendo el Principio de Prudencia, únicamente se contabilizan los beneficios
realizados a fecha de cierre del ejercicio, en tanto que los riesgos y las pérdidas previsibles, aun
siendo eventuales, se contabilizan tan pronto son conocidas.
En el caso de los ingresos, debe distinguirse:
a) Ingresos con contraprestación: se reconocen cuando se cumplen las siguientes
condiciones:
1) Cuando su importe pueda medirse con fiabilidad.
2) Cuando sea probable que el centro asociado reciba los rendimientos económicos o
potencial de servicio asociados a la transacción.
Se valorarán por el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, derivada de
los mismos, que salvo evidencia en contrario, será el precio acordado para dichos bienes o
servicios, deducido el importe de cualquier descuento, bonificación o rebaja comercial que

b) Ingresos por prestación de servicios: se registran cuando el resultado de una transacción
puede ser estimado con fiabilidad, considerando el grado de avance o realización de la

cve: BOE-A-2021-20001
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el centro pueda conceder.