III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-20001)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Madrid, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio de 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 149241
3.4. Permutas
En las permutas de carácter comercial, se valora el bien recibido por el valor razonable del activo
entregado más las contrapartidas monetarias que se han entregado a cambio, salvo que se tenga una
evidencia más clara del valor razonable del activo recibido y con el límite de este último.
Se ha considerado una permuta de carácter comercial cuando:
−
El riesgo, calendario e importe de los flujos de efectivo del inmovilizado recibido difiere de
la configuración de los flujos de efectivo del activo entregado; o
−
El valor actual de los flujos de efectivo después de impuestos de las actividades del Centro
Asociado afectadas por la permuta, se ve modificado como consecuencia de la permuta.
Cuando la permuta no tenga carácter comercial o cuando no pueda obtenerse una estimación
fiable del valor razonable de los elementos que intervienen en la operación, el inmovilizado material
recibido se valora por el valor contable del bien entregado más, en su caso, las contrapartidas
monetarias que se hubieran entregado a cambio, con el límite, cuando esté disponible, del valor
razonable del inmovilizado recibido si éste fuera menor.
3.5. Activos y pasivos financieros
Siguiendo la Norma de Registro y Valoración cuarta de la Resolución de 10 de octubre de 2018, el
Centro deberá reconocer un activo financiero cuando, en función del contrato o acuerdo, se
convierta en parte obligada en la operación. Tienen tal consideración, el dinero en efectivo y los
derechos de recibir efectivo u otro activo financiero de un tercero.
a) Activos financieros:
Intereses y dividendos recibidos de activos financieros
Los intereses y dividendos de activos financieros devengados con posterioridad al momento
de la adquisición se reconocen como ingresos en la cuenta de resultado económico
patrimonial. Los intereses se reconocen por el método del tipo de interés efectivo y los
ingresos por dividendos procedentes de inversiones en instrumentos de patrimonio se
reconocen cuando han surgido los derechos para su percepción.
En la valoración inicial de los activos financieros se registran de forma independiente,
atendiendo a su vencimiento, el importe de los intereses explícitos devengados y no vencidos
competente en el momento de la adquisición.
cve: BOE-A-2021-20001
Verificable en https://www.boe.es
en dicho momento, así como el importe de los dividendos acordados por el órgano
Núm. 288
Jueves 2 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 149241
3.4. Permutas
En las permutas de carácter comercial, se valora el bien recibido por el valor razonable del activo
entregado más las contrapartidas monetarias que se han entregado a cambio, salvo que se tenga una
evidencia más clara del valor razonable del activo recibido y con el límite de este último.
Se ha considerado una permuta de carácter comercial cuando:
−
El riesgo, calendario e importe de los flujos de efectivo del inmovilizado recibido difiere de
la configuración de los flujos de efectivo del activo entregado; o
−
El valor actual de los flujos de efectivo después de impuestos de las actividades del Centro
Asociado afectadas por la permuta, se ve modificado como consecuencia de la permuta.
Cuando la permuta no tenga carácter comercial o cuando no pueda obtenerse una estimación
fiable del valor razonable de los elementos que intervienen en la operación, el inmovilizado material
recibido se valora por el valor contable del bien entregado más, en su caso, las contrapartidas
monetarias que se hubieran entregado a cambio, con el límite, cuando esté disponible, del valor
razonable del inmovilizado recibido si éste fuera menor.
3.5. Activos y pasivos financieros
Siguiendo la Norma de Registro y Valoración cuarta de la Resolución de 10 de octubre de 2018, el
Centro deberá reconocer un activo financiero cuando, en función del contrato o acuerdo, se
convierta en parte obligada en la operación. Tienen tal consideración, el dinero en efectivo y los
derechos de recibir efectivo u otro activo financiero de un tercero.
a) Activos financieros:
Intereses y dividendos recibidos de activos financieros
Los intereses y dividendos de activos financieros devengados con posterioridad al momento
de la adquisición se reconocen como ingresos en la cuenta de resultado económico
patrimonial. Los intereses se reconocen por el método del tipo de interés efectivo y los
ingresos por dividendos procedentes de inversiones en instrumentos de patrimonio se
reconocen cuando han surgido los derechos para su percepción.
En la valoración inicial de los activos financieros se registran de forma independiente,
atendiendo a su vencimiento, el importe de los intereses explícitos devengados y no vencidos
competente en el momento de la adquisición.
cve: BOE-A-2021-20001
Verificable en https://www.boe.es
en dicho momento, así como el importe de los dividendos acordados por el órgano