III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2021-19970)
Orden DEF/1340/2021, de 24 de noviembre, por la que se aprueban los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración o adscripción a la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia de la Armada mediante la forma de ingreso con titulación previa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 2 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 149011

Curso: 2.º
Centro: Escuela Naval Militar
Módulo

Materia

Formación militar en la Armada.
Formación Militar
Específica.

Tecnología naval.
TIC.
Gestión Económica.

Ofimática para la gestión.
Formación Militar Técnica.

Logística/ Aprovisionamiento.

Asignatura

ECTS

Derecho marítimo.

2

SEGOP/PRL.

1

Seguridad Interior II.

3

Tecnologías de la información y Comunicaciones.

3

IRS.

3

Gestión Económica II.

6

Hojas de Calculo.

3

Gestión de datos avanzada.

3

Gestión del 1.ª Escalón de aprovisionamiento II.

8

Gestión del 2.ª Escalón de aprovisionamiento.

3

Control de la configuración Aprovisionamiento.

3

Mantenimiento.

3

Logística operativa.

3

Formación en Idioma
Extranjero.

Inglés.

Inglés II.

8

Trabajo Fin de formación.

Trabajo Fin de formación.

TFF.

6

Instrucción y
Adiestramiento.

Instrucción y Adiestramiento.

Instrucción y Adiestramiento II.

10 SEM
3 SEM

3. Al alumno que provenga del sistema de promoción por cambio de escala y que
hubiese cursado planes de estudios anteriores al del currículo de la enseñanza de
formación de oficiales para la adscripción de los militares de complemento a la escala de
oficiales del Cuerpo de Intendencia de la Armada, mediante la forma de ingreso con
titulación previa, de esta orden ministerial, se le podrá reconocer los créditos de las
materias y asignaturas de este plan de estudios que hayan cursado anteriormente.
4. Además de lo anterior, también podrán ser reconocidos al alumno, a petición del
interesado, los créditos de los módulos, materias y asignaturas, en función de los cursos,
títulos y currículo superado de su escala de procedencia y de la especialidad
fundamental en su caso, que acrediten, y que a juicio de la junta docente tengan similar
duración, número de créditos y contenido.

A continuación, se relacionan aquellas materias y asignaturas susceptibles de ser
impartidas en la modalidad a distancia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P),
para las alumnas en situación de embarazo, parto o posparto, y para todos aquellos
alumnos que no puedan desarrollar, por motivos justificados, la enseñanza de manera
presencial:

cve: BOE-A-2021-19970
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a
distancia.