V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-48963)
Resolución de fecha 26 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Salamanca, sobre revocación de actos administrativos de gravamen o desfavorables.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 1 de diciembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 70773

CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
‘’Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de
procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este
ámbito la ostenta la Delegada del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla
y León, de conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de
marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Dicha competencia ha sido delegada en la Subdelegada del Gobierno en
Salamanca mediante Resolución de 22 de abril de 2021 (BOE de 12 de mayo de
2021).
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.

Número de Expediente
946/2021
1065/2020
1072/2020
1073/2020
1089/2020
1100/2020
1107/2020
1110/2020
1125/2020
1126/2020
1137/2020
1141/2020
1143/2020

Número de Identificación Fiscal/Número de
Identificación Extranjero
70923337P
70911201Q
70923501B
42418753Z
70902026H
07791688R
70922295R
70864555Z
70873241Y
70963668C
70919418E
70912867A
70959212A

cve: BOE-B-2021-48963
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ANEXO RESOLUCIÓN