II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-19873)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la categoría de Titulado/a de Grado Medio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 148533
d) Justificante acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen, o
certificación oficial acreditativa, en vigor, de la situación de exención de las tasas.
3.8 La no presentación de la solicitud de participación en tiempo y forma supondrá
la exclusión de la persona aspirante.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la
Universidad de Huelva dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
personas admitidas y excluidas.
En la citada resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía», y en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración
y Servicios, se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio, así
como la relación de las personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión. Además, se publicará la composición del Tribunal de Valoración.
4.2 Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren ni en la relación
de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar los defectos que hayan motivado
la exclusión u omisión. Las personas que dentro del plazo señalado no los subsanen
quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación, la Rectora de la Universidad de Huelva
hará pública en el lugar indicado en el apartado 1.8 la resolución por la que se apruebe
la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no incluidas en la misma.
4.4 Contra la resolución por la que se apruebe la relación de personas aspirantes
admitidas y excluidas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo
órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos
plazos contados a partir de su publicación.
5.
Tribunal de Valoración
5.1 La composición del Tribunal de Valoración de este proceso selectivo se ajustará
a lo establecido en los artículos 21 y 22 del vigente Convenio Colectivo y se publicará en
la resolución por la que se declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y
excluidas. La pertenencia al Tribunal de Valoración será a título individual, sin que pueda
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El/la
Presidente/a podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, si se hubiese
producido y prosperado un incidente de abstención o recusación, o se hubiese producido
alguna renuncia, se expondrá al público, en el lugar indicado en el apartado 1.8 de la
base primera de esta convocatoria, la resolución de la Rectora de la Universidad por la
que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que
hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 o por
otras causas debidamente justificadas.
cve: BOE-A-2021-19873
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 148533
d) Justificante acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen, o
certificación oficial acreditativa, en vigor, de la situación de exención de las tasas.
3.8 La no presentación de la solicitud de participación en tiempo y forma supondrá
la exclusión de la persona aspirante.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la
Universidad de Huelva dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
personas admitidas y excluidas.
En la citada resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía», y en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración
y Servicios, se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio, así
como la relación de las personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las
causas de exclusión. Además, se publicará la composición del Tribunal de Valoración.
4.2 Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren ni en la relación
de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar los defectos que hayan motivado
la exclusión u omisión. Las personas que dentro del plazo señalado no los subsanen
quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación, la Rectora de la Universidad de Huelva
hará pública en el lugar indicado en el apartado 1.8 la resolución por la que se apruebe
la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no incluidas en la misma.
4.4 Contra la resolución por la que se apruebe la relación de personas aspirantes
admitidas y excluidas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo
órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos
plazos contados a partir de su publicación.
5.
Tribunal de Valoración
5.1 La composición del Tribunal de Valoración de este proceso selectivo se ajustará
a lo establecido en los artículos 21 y 22 del vigente Convenio Colectivo y se publicará en
la resolución por la que se declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y
excluidas. La pertenencia al Tribunal de Valoración será a título individual, sin que pueda
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El/la
Presidente/a podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, si se hubiese
producido y prosperado un incidente de abstención o recusación, o se hubiese producido
alguna renuncia, se expondrá al público, en el lugar indicado en el apartado 1.8 de la
base primera de esta convocatoria, la resolución de la Rectora de la Universidad por la
que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que
hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 o por
otras causas debidamente justificadas.
cve: BOE-A-2021-19873
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287