II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2021-19842)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 1 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 148423

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
19842

Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el
sistema de libre designación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo en el artículo 20.1.b) y c) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así
como con el artículo 25.1 apartado i) del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre,
por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.
Esta Agencia, en uso de las facultades conferida ha resuelto anunciar para su
provisión, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se relaciona en el
Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
El puesto de trabajo ofertado podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los
requisitos establecidos para el desempeño del mismo.
Segunda.
Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la División de
Administración de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, plaza Sagrados
Corazones, 7, 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado como anexo II a esta
Resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a
través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria: AESF Sede Electrónica, o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas
Tercera.
Los aspirantes acompañarán el curriculum vitae, en el que figuren títulos
académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración,
estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno
poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto de
trabajo que vinieran desempeñando.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva Comunitaria
de 9 de febrero de 1976, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad
de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la
formación profesional y a las condiciones de trabajo.

cve: BOE-A-2021-19842
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.