II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-19872)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la categoría de Técnico/a Auxiliar de Instalaciones Deportivas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 148515

2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse
en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la contratación.
3.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo
constar en el modelo de «Solicitud de participación» que se acompaña como anexo II a
esta convocatoria, y que estará disponible en la página web de la Unidad de Gestión del
Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta
Universidad (calle Doctor Cantero Cuadrado, número 6, planta baja, 21071 Huelva), en
el Registro General Auxiliar (Campus de «El Carmen»), a través del Registro Telemático
en la sede electrónica de la Universidad de Huelva: https://sede.uhu.es, o en las formas
establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días
hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía» y se dirigirán a la Sra. Rectora Magnífica de la
Universidad de Huelva.
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en
sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes
de ser certificadas.
Las personas participantes que presenten la solicitud en otros Registros distintos a
los de la Universidad de Huelva deberán remitir copia de la misma, dentro del plazo de
presentación de solicitudes, al siguiente correo electrónico: seccion.pas@sc.uhu.es.
3.3 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días
siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.4 Las personas aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 %,
que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo en el apartado
correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea
necesaria, debiendo adjuntar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición
expedida por el organismo competente. Para justificarlo, se deberá adjuntar a la solicitud
certificado, en vigor y actualizado, acreditativo del grado reconocido de discapacidad del
órgano que corresponda e informe del Centro de Valoración correspondiente en el que
consten las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios objeto
de esta convocatoria, en su caso.
3.5 Los derechos de examen serán de 15 euros, y se ingresarán en cualquier sucursal
de la entidad Banco Santander en la cuenta con IBAN ES49 0049 4960 4423 1610 8758, a
nombre de la Universidad de Huelva, indicando «Técnico/a Auxiliar de Instalaciones
Deportivas». La falta de pago de los derechos de examen durante el plazo de presentación
de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En
ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
Quedan exentos del abono de la tasa de derecho a las pruebas selectivas los
siguientes colectivos:
– Las personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o
superior al 33 %, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 93/2006, de 9 de
mayo, deberán aportar certificado, en vigor y actualizado, acreditativo de tal condición y
del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.

cve: BOE-A-2021-19872
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Núm. 287