I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUSTICIA. Demarcación y planta judicial. (BOE-A-2021-19797)
Real Decreto 1052/2021, de 30 de noviembre, de creación de cincuenta y seis unidades judiciales correspondientes a la programación de 2021 y de cuatro plazas de Juez de Adscripción Territorial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 148148
de una nueva plaza de magistrado/a dotada en el artículo 4, letra n), del presente real
decreto. La Presidencia se constituirá con la plaza de magistrado/a de nueva creación, y
las tres plazas de magistrado/a restantes mediante la adscripción de tres plazas de
magistrado/a de la Sección Séptima, correspondiente al orden penal, y con sede en
Elche, conforme a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 38/1988 de 28 de diciembre.
b) Sección 4.ª de la Audiencia Provincial de Castellón: cuya composición será de
tres plazas de magistrado/a, un magistrado/a-Presidente y dos plazas de magistrado/a.
La configuración de la nueva sección será mediante la creación de dos nuevas plazas de
magistrado/a dotadas en el artículo 4, letra o), del presente real decreto, una de ellas
determinará la Presidencia de la nueva sección. La tercera plaza de magistrado/a se
dotará mediante la adscripción de una plaza de magistrado/a de la Sección Tercera,
correspondiente al orden civil, conforme a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 38/1988,
de 28 de diciembre.
c) Sección 31.ª de la Audiencia Provincial de Madrid: cuya composición será de
cuatro plazas de magistrado/a, un magistrado/a-Presidente y tres plazas de
magistrado/a. La configuración de la nueva sección será mediante la creación de dos
nuevas plazas de magistrado/a dotadas en el artículo 4, r) y s) del presente real decreto,
una de ellas determinará la Presidencia de la nueva sección. Las otras dos plazas de
magistrado/a se dotarán mediante la adscripción de una plaza de magistrado/a de la
Sección Vigésima Segunda y otra de la Sección Vigésima Cuarta, respectivamente,
correspondientes al orden civil y especializadas en materia de Familia, conforme a lo
previsto en el artículo 14 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre.
Artículo 5. Creación y constitución de juzgados.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 20.1, 41, 42, 43.2, 44, 46 bis y 46 ter de la
Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se crean y se constituyen los siguientes juzgados:
a) Ocho Juzgados de Primera Instancia:
Número 6 de Arona.
Número 3 de Albacete.
Número 8 de Guadalajara.
Número 10 de Salamanca.
Número 15 de Alicante.
Número 30 de Valencia.
Número 18 de Murcia.
Número 9 de Vitoria-Gasteiz.
Ocho Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
Número 4 de Arcos de la Frontera.
Número 4 de San Fernando.
Número 8 de Avilés.
Número 8 de Ciudad Real.
Número 9 Arganda del Rey.
Número 5 de San Lorenzo de El Escorial.
Número 7 de Navalcarnero.
Número 8 de Valdemoro.
c)
Dos Juzgados Decanos Exclusivos:
Las Palmas de Gran Canaria.
Santa Cruz de Tenerife.
d)
Un Juzgado de lo Penal:
Número 10 de Alicante.
cve: BOE-A-2021-19797
Verificable en https://www.boe.es
b)
Núm. 287
Miércoles 1 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 148148
de una nueva plaza de magistrado/a dotada en el artículo 4, letra n), del presente real
decreto. La Presidencia se constituirá con la plaza de magistrado/a de nueva creación, y
las tres plazas de magistrado/a restantes mediante la adscripción de tres plazas de
magistrado/a de la Sección Séptima, correspondiente al orden penal, y con sede en
Elche, conforme a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 38/1988 de 28 de diciembre.
b) Sección 4.ª de la Audiencia Provincial de Castellón: cuya composición será de
tres plazas de magistrado/a, un magistrado/a-Presidente y dos plazas de magistrado/a.
La configuración de la nueva sección será mediante la creación de dos nuevas plazas de
magistrado/a dotadas en el artículo 4, letra o), del presente real decreto, una de ellas
determinará la Presidencia de la nueva sección. La tercera plaza de magistrado/a se
dotará mediante la adscripción de una plaza de magistrado/a de la Sección Tercera,
correspondiente al orden civil, conforme a lo previsto en el artículo 14 de la Ley 38/1988,
de 28 de diciembre.
c) Sección 31.ª de la Audiencia Provincial de Madrid: cuya composición será de
cuatro plazas de magistrado/a, un magistrado/a-Presidente y tres plazas de
magistrado/a. La configuración de la nueva sección será mediante la creación de dos
nuevas plazas de magistrado/a dotadas en el artículo 4, r) y s) del presente real decreto,
una de ellas determinará la Presidencia de la nueva sección. Las otras dos plazas de
magistrado/a se dotarán mediante la adscripción de una plaza de magistrado/a de la
Sección Vigésima Segunda y otra de la Sección Vigésima Cuarta, respectivamente,
correspondientes al orden civil y especializadas en materia de Familia, conforme a lo
previsto en el artículo 14 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre.
Artículo 5. Creación y constitución de juzgados.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 20.1, 41, 42, 43.2, 44, 46 bis y 46 ter de la
Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se crean y se constituyen los siguientes juzgados:
a) Ocho Juzgados de Primera Instancia:
Número 6 de Arona.
Número 3 de Albacete.
Número 8 de Guadalajara.
Número 10 de Salamanca.
Número 15 de Alicante.
Número 30 de Valencia.
Número 18 de Murcia.
Número 9 de Vitoria-Gasteiz.
Ocho Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
Número 4 de Arcos de la Frontera.
Número 4 de San Fernando.
Número 8 de Avilés.
Número 8 de Ciudad Real.
Número 9 Arganda del Rey.
Número 5 de San Lorenzo de El Escorial.
Número 7 de Navalcarnero.
Número 8 de Valdemoro.
c)
Dos Juzgados Decanos Exclusivos:
Las Palmas de Gran Canaria.
Santa Cruz de Tenerife.
d)
Un Juzgado de lo Penal:
Número 10 de Alicante.
cve: BOE-A-2021-19797
Verificable en https://www.boe.es
b)