III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2021-19874)
Acuerdo de 11 de noviembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, para el año 2021.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 1 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 148547

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
19874

Acuerdo de 11 de noviembre de 2021, de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la
Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia,
relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo, para el año 2021.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de
11 de noviembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial, acordó hacer público el acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia de La Región de Murcia, celebrada el 19 de octubre de 2021, por el
que aprueba la modificación de las normas de integración de la Sala de lo Contenciosoadministrativo, asignación de ponencias y reparto para el año 2021, del siguiente tenor,
(…) «4

Reglas generales para el registro y turnado de ponencias.

Las presentes reglas deben partir del carácter meramente funcional –y no orgánico–
de las dos secciones en las que se divide la Sala.
CRITERIOS DE REGISTRO Y REPARTO:
SECCIÓN PRIMERA.

4.1.1 Expropiación forzosa.
4.1.2 Función pública.
4.1.3 Responsabilidad Patrimonial, con independencia de la Administración de la
que proceda el acto o a la que se demande.
4.1.4 Contratos, con independencia de la Administración contratante, incluidos los
asuntos relativos al canon correspondiente, o precios públicos, a excepción en este caso
de la materia de aguas.
4.1.5 Urbanismo.
4.1.6 Medio ambiente.
4.1.7 Licencias de actividad, así como todo lo relativo a vivienda.
4.1.8 Dominio Público y propiedades especiales, excepto aguas y propiedad
industrial.
4.1.9 Fomento, cualquiera que sea la Administración que haya dictado el acto o a la
que se demande.
4.1.10 Administración Laboral y Seguridad Social.
4.1.11 Reclamaciones económico-administrativas, excepto asuntos que tengan por
objeto tributos.
4.1.12 Colegios Profesionales y Administración corporativa, todas las materias,
excepto tributos.
4.1.13 Asistencia social y sanidad, en la que se incluye todo lo relativo a ordenación
farmacéutica.
4.1.14 Transportes, comercio, industria, energía, consumo, comercio y seguros.
4.1.15 Cultura, enseñanza, espectáculos públicos.
4.1.16 Sanciones en materia de su competencia.
4.1.17 Disposiciones Generales en materia de su competencia.
4.2
4.2.1

SECCIÓN SEGUNDA.
Tributos: tasas, impuestos y contribuciones especiales.

cve: BOE-A-2021-19874
Verificable en https://www.boe.es

4.1