V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-48835)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, sobre revocación de procedimientos sancionadores y anulación de las resoluciones emitidas en los mismos.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Martes 30 de noviembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 70296

o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad’’.
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la citada Ley 39/2015 ‘’Las
Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo
de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- El órgano competente para la sanción de las infracciones graves y
leves es el Delegado del Gobierno en Galicia según establecen el art. 63 de la Ley
39/2015, y el art. 32.1.c. de la LOPSC.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, al apreciar
razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, contra la misma cabe interponer
recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de UN MES
contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente resolución.

Expediente/Año
6109/2020
6107/2020
6106/2020
6105/2020
6104/2020
6096/2020
6095/2020
6093/2020
6091/2020
6090/2020
6088/2020
6087/2020
6086/2020
6085/2020
6084/2020
6082/2020
6080/2020
6073/2020
6072/2020
6071/2020
6070/2020
6069/2020

NIF/NIE
X5773847L
X3284320N
77408284J
39455456Z
36177009X
34870910N
76895638Z
77009193H
35464505T
35438235L
35466747B
35453399A
35634573Y
35487467P
77421783B
39498799W
35598729L
Y1529172P
53186275V
77005317Y
35574267Y
21116658J

cve: BOE-B-2021-48835
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO RESOLUCIÓN