II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Destinos. (BOE-A-2021-19733)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se prorroga la permanencia en régimen de adscripción temporal en puestos docentes en Argentina y Brasil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Martes 30 de noviembre de 2021

Sec. II.A. Pág. 147862

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
19733

Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia en régimen de adscripción temporal en puestos
docentes en Argentina y Brasil.

Las Resoluciones de 14 de noviembre de 2016 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de
noviembre), de 23 de noviembre de 2017 («Boletín Oficial del Estado» de 28 de noviembre)
y de 16 de noviembre de 2018 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de noviembre), por las
que se convocó concurso público de méritos para la provisión de puestos vacantes de
funcionarios docentes en el exterior, preveía, conforme a lo establecido en la Orden
ECD/531/2003 de 10 de marzo, por la que se establece el procedimiento para la provisión
por funcionarios docentes de las vacantes en centros, programas y asesorías técnicas en el
exterior, que a los profesores seleccionados en virtud de la misma, les sería prorrogada su
permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos y condiciones de la citada
convocatoria.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa en el Exterior,
Esta Subsecretaria ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia de los profesores, relacionados en el anexo, en el país y
periodo que se cita, en régimen de adscripción temporal, para que puedan seguir
desempeñando sus funciones en el exterior.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de estos funcionarios docentes se regirán por las bases
de la convocatoria por la que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que le pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga el
interesado su domicilio o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en cuya
circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a elección, conforme a lo
establecido en el artículo 10.1, i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de
esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 16 de noviembre de 2021.–El Subsecretario de Educación y Formación
Profesional, Fernando Gurrea Casamayor.

cve: BOE-A-2021-19733
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Tercero.