III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Educación de adultos. (BOE-A-2021-19770)
Orden EFP/1319/2021, de 19 de noviembre, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de bachillerato en modalidad a distancia virtual en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 147984
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
19770
Orden EFP/1319/2021, de 19 de noviembre, por la que se autoriza la
implantación de enseñanzas de bachillerato en modalidad a distancia virtual
en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia.
Autorizar la implantación de las enseñanzas de bachillerato en modalidad a distancia
virtual en el Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia del Centro para la
Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD).
Madrid, 19 de noviembre de 2021.–La Ministra de Educación y Formación
Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Director General de
Planificación y Gestión Educativa, José Manuel Bar Cendón.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-19770
Verificable en https://www.boe.es
La Constitución Española garantiza el derecho de todos los españoles a la educación
y encomienda a los poderes públicos que promuevan las condiciones para que este
derecho sea disfrutado por todos en plenas condiciones de libertad e igualdad.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29
de diciembre, de Educación, establece en su disposición adicional cuadragésima
segunda que el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia
(CIDEAD), del Ministerio de Educación y Formación profesional, impartirá enseñanza a
distancia en todo el territorio nacional y que el Gobierno establecerá, sin perjuicio de los
principios recogidos en dicha Ley Orgánica, una regulación específica del CIDEAD.
El Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, por el que se regula la estructura y el
funcionamiento del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia
(CIDEAD) establece que a través de la educación a distancia, el CIDEAD proporciona
atención educativa de educación básica y secundaria para adultos a los ciudadanos
españoles en el exterior y a aquellas personas que, aun residiendo en el territorio
nacional, se ven imposibilitadas para recibir enseñanza a través del régimen ordinario.
Igualmente, el Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, establece en su artículo
quinto que el CIDEAD contará con un Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a
Distancia, sin personalidad jurídica propia, integrado en CIDEAD, para la impartición en
la modalidad de distancia de las enseñanzas que ofrece el Sistema Educativo Español
recogidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, a excepción de la
enseñanza universitaria, de las enseñanzas deportivas y de la educación infantil y que,
por tanto, CIDEAD podrá impartir las siguientes enseñanzas del Sistema Educativo
Español: Educación primaria, Educación secundaria obligatoria, Bachillerato,
Formación profesional, Enseñanzas de idiomas, Enseñanzas artísticas y Educación de
Personas Adultas.
El artículo segundo de la Orden ECD/2008/2015, de 28 de septiembre, por la que se
regulan las enseñanzas de bachillerato para personas adultas en régimen nocturno, a
distancia y a distancia virtual, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte establece que las enseñanzas de Bachillerato para personas adultas a
distancia virtual serán ofertadas por el Centro para la Innovación y Desarrollo de la
Educación a Distancia (CIDEAD).
Visto lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo octavo
del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, y en el artículo cuarto del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional, dispongo:
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 147984
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
19770
Orden EFP/1319/2021, de 19 de noviembre, por la que se autoriza la
implantación de enseñanzas de bachillerato en modalidad a distancia virtual
en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia.
Autorizar la implantación de las enseñanzas de bachillerato en modalidad a distancia
virtual en el Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia del Centro para la
Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD).
Madrid, 19 de noviembre de 2021.–La Ministra de Educación y Formación
Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Director General de
Planificación y Gestión Educativa, José Manuel Bar Cendón.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-19770
Verificable en https://www.boe.es
La Constitución Española garantiza el derecho de todos los españoles a la educación
y encomienda a los poderes públicos que promuevan las condiciones para que este
derecho sea disfrutado por todos en plenas condiciones de libertad e igualdad.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29
de diciembre, de Educación, establece en su disposición adicional cuadragésima
segunda que el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia
(CIDEAD), del Ministerio de Educación y Formación profesional, impartirá enseñanza a
distancia en todo el territorio nacional y que el Gobierno establecerá, sin perjuicio de los
principios recogidos en dicha Ley Orgánica, una regulación específica del CIDEAD.
El Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, por el que se regula la estructura y el
funcionamiento del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia
(CIDEAD) establece que a través de la educación a distancia, el CIDEAD proporciona
atención educativa de educación básica y secundaria para adultos a los ciudadanos
españoles en el exterior y a aquellas personas que, aun residiendo en el territorio
nacional, se ven imposibilitadas para recibir enseñanza a través del régimen ordinario.
Igualmente, el Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, establece en su artículo
quinto que el CIDEAD contará con un Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a
Distancia, sin personalidad jurídica propia, integrado en CIDEAD, para la impartición en
la modalidad de distancia de las enseñanzas que ofrece el Sistema Educativo Español
recogidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, a excepción de la
enseñanza universitaria, de las enseñanzas deportivas y de la educación infantil y que,
por tanto, CIDEAD podrá impartir las siguientes enseñanzas del Sistema Educativo
Español: Educación primaria, Educación secundaria obligatoria, Bachillerato,
Formación profesional, Enseñanzas de idiomas, Enseñanzas artísticas y Educación de
Personas Adultas.
El artículo segundo de la Orden ECD/2008/2015, de 28 de septiembre, por la que se
regulan las enseñanzas de bachillerato para personas adultas en régimen nocturno, a
distancia y a distancia virtual, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte establece que las enseñanzas de Bachillerato para personas adultas a
distancia virtual serán ofertadas por el Centro para la Innovación y Desarrollo de la
Educación a Distancia (CIDEAD).
Visto lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo octavo
del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, y en el artículo cuarto del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional, dispongo: