III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-19773)
Orden APA/1322/2021, de 25 de noviembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones frutícolas, comprendido en el Cuadragésimo Segundo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 148015
Los postes metálicos serán galvanizados.
El diseño, los materiales utilizados y el estado de conservación, deberán garantizar la
adecuada sujeción y estabilidad de la estructura en su conjunto.
El asegurado deberá mantener en buen estado de conservación los distintos
materiales que componen la instalación, realizando los trabajos de manutención
necesarios para evitar la agravación del riesgo.
Para que las instalaciones que hayan superado la edad máxima asegurable, puedan
ser asegurables, será necesario aportar una certificación emitida por un técnico
competente y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que se indique
que, aún habiendo superado dicha edad, cumple las características mínimas
establecidas en este Anexo.
Esta certificación tendrá una validez de dos años.
Si se hubiera incluido en la declaración de seguro alguna instalación que haya
superado la edad asegurable, y no se hubiera remitido la certificación técnica indicada,
Agroseguro comunicará al tomador o asegurado por escrito esta circunstancia, dando un
plazo de 15 días para que se reciba en Agroseguro dicho certificado. A partir de este
plazo, si no se ha recibido la certificación, Agroseguro procederá a excluir las
instalaciones de la declaración de seguro y a devolver la prima integra de las mismas.
2.
Características de carácter específico
2.1 Estructuras de protección antigranizo. Serán asegurables únicamente estas
instalaciones hasta 15 años de edad y que cumplan los requisitos siguientes:
Altura de cumbrera máxima 6 m.
La retícula de la malla deberá tener 7 mm de luz máximo.
Dependiendo del material de los postes, deberá disponer al menos uno cada 50 m2,
si son metálicos o de madera y uno cada 40 m2 si son de hormigón.
El anclaje será por tensores o vientos, desde el extremo de los postes perimetrales,
sujetos a cabillas de material metálico corrugado, clavados a una profundidad mínima
de 120 cm, no obstante, si el terreno tuviera una estructura ligera se deberán duplicar los
tensores.
En cualquiera de los casos, deberán estar dimensionados para poder soportar un
mínimo de 2.500 kg de tracción.
Deberán disponer de elementos separadores, en los postes perimetrales a fin de
evitar el rajado de la malla.
2.2 Invernaderos. Las características mínimas que tienen que cumplir según el tipo
de estructura, son:
a) Macrotúnel. Serán asegurables únicamente los macrotúneles de hasta 10 años
de edad.
Los arcos que forman la estructura tendrán una altura máxima en su punto más alto
de 3,5 m, un diámetro mínimo de 35 mm y un espesor mínimo de 1,5 mm.
La distancia máxima entre los arcos será de 2,5 m.
Los arcos estarán unidos entre sí por tirantes metálicos galvanizados, cuerda de rafia
o cualquier elemento que dé estabilidad al conjunto.
Los arcos o patas deben ser de material metálico galvanizado, y deberán estar
enterrados a una profundidad mínima de 0,5 m.
Anclaje de los arcos extremos: Vientos anclados a muertos de hormigón o cualquier
otro sistema de anclaje que de estabilidad al conjunto.
cve: BOE-A-2021-19773
Verificable en https://www.boe.es
Arcos:
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 148015
Los postes metálicos serán galvanizados.
El diseño, los materiales utilizados y el estado de conservación, deberán garantizar la
adecuada sujeción y estabilidad de la estructura en su conjunto.
El asegurado deberá mantener en buen estado de conservación los distintos
materiales que componen la instalación, realizando los trabajos de manutención
necesarios para evitar la agravación del riesgo.
Para que las instalaciones que hayan superado la edad máxima asegurable, puedan
ser asegurables, será necesario aportar una certificación emitida por un técnico
competente y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que se indique
que, aún habiendo superado dicha edad, cumple las características mínimas
establecidas en este Anexo.
Esta certificación tendrá una validez de dos años.
Si se hubiera incluido en la declaración de seguro alguna instalación que haya
superado la edad asegurable, y no se hubiera remitido la certificación técnica indicada,
Agroseguro comunicará al tomador o asegurado por escrito esta circunstancia, dando un
plazo de 15 días para que se reciba en Agroseguro dicho certificado. A partir de este
plazo, si no se ha recibido la certificación, Agroseguro procederá a excluir las
instalaciones de la declaración de seguro y a devolver la prima integra de las mismas.
2.
Características de carácter específico
2.1 Estructuras de protección antigranizo. Serán asegurables únicamente estas
instalaciones hasta 15 años de edad y que cumplan los requisitos siguientes:
Altura de cumbrera máxima 6 m.
La retícula de la malla deberá tener 7 mm de luz máximo.
Dependiendo del material de los postes, deberá disponer al menos uno cada 50 m2,
si son metálicos o de madera y uno cada 40 m2 si son de hormigón.
El anclaje será por tensores o vientos, desde el extremo de los postes perimetrales,
sujetos a cabillas de material metálico corrugado, clavados a una profundidad mínima
de 120 cm, no obstante, si el terreno tuviera una estructura ligera se deberán duplicar los
tensores.
En cualquiera de los casos, deberán estar dimensionados para poder soportar un
mínimo de 2.500 kg de tracción.
Deberán disponer de elementos separadores, en los postes perimetrales a fin de
evitar el rajado de la malla.
2.2 Invernaderos. Las características mínimas que tienen que cumplir según el tipo
de estructura, son:
a) Macrotúnel. Serán asegurables únicamente los macrotúneles de hasta 10 años
de edad.
Los arcos que forman la estructura tendrán una altura máxima en su punto más alto
de 3,5 m, un diámetro mínimo de 35 mm y un espesor mínimo de 1,5 mm.
La distancia máxima entre los arcos será de 2,5 m.
Los arcos estarán unidos entre sí por tirantes metálicos galvanizados, cuerda de rafia
o cualquier elemento que dé estabilidad al conjunto.
Los arcos o patas deben ser de material metálico galvanizado, y deberán estar
enterrados a una profundidad mínima de 0,5 m.
Anclaje de los arcos extremos: Vientos anclados a muertos de hormigón o cualquier
otro sistema de anclaje que de estabilidad al conjunto.
cve: BOE-A-2021-19773
Verificable en https://www.boe.es
Arcos: