I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Tasas. (BOE-A-2021-19727)
Ley 7/2021, de 7 de octubre, por la que se modifican el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, y la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
6.
Sec. I. Pág. 147831
Autorizaciones relativas a centros y servicios sanitarios.
Tarifa 39. Autorizaciones administrativas de centros y servicios sanitarios.
1. Cuantías básicas, que se incrementarán con las cuantías complementarias
en función de las condiciones de cada centro.
1.1 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de instalación de
centros (previas al inicio de las obras):
a) Hospitales: 332,04 euros.
b) Centros de más de 5 profesionales sanitarios: 170 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios: 85 euros.
1.2 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de
centros (previas al inicio de la actividad):
a) Hospitales: 340 euros.
b) Centros de más de 5 profesionales sanitarios: 170 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios: 106 euros.
d) Consultas profesionales unipersonales: 42 euros.
1.3 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de
centros:
1) Por cambio de titularidad (excepto consultas unipersonales):
a) Hospitales: 170 euros.
b) Centros de más de 5 profesionales sanitarios: 85 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios y consultas profesionales
unipersonales: 42 euros.
2)
Por cambios estructurales:
a) Hospitales: 170 euros.
b) Centro de más de 5 profesionales sanitarios: 85 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios y consultas profesionales
unipersonales: 42 euros.
3)
Con cambio en la oferta sanitaria:
a) Hospitales: 170 euros.
b) Centros de más de 5 profesionales sanitarios: 85 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios y consultas profesionales
unipersonales: 42 euros.
2.1 Por la generación de residuos biosanitarios: 42 euros.
2.2 Por disponer de equipos relevantes de electromedicina en general,
diagnóstico y/o terapéutica (excepto radiaciones ionizantes): 42 euros.
2.3 Por disponer de equipos de radiaciones ionizantes que requieran programa
de garantía de calidad (radiodiagnóstico, radioterapia o medicina nuclear): 85 euros.
cve: BOE-A-2021-19727
Verificable en https://www.boe.es
2. Cuantías complementarias, que incrementarán las cuantías básicas en
función de las condiciones de cada centro.
Núm. 286
Martes 30 de noviembre de 2021
6.
Sec. I. Pág. 147831
Autorizaciones relativas a centros y servicios sanitarios.
Tarifa 39. Autorizaciones administrativas de centros y servicios sanitarios.
1. Cuantías básicas, que se incrementarán con las cuantías complementarias
en función de las condiciones de cada centro.
1.1 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de instalación de
centros (previas al inicio de las obras):
a) Hospitales: 332,04 euros.
b) Centros de más de 5 profesionales sanitarios: 170 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios: 85 euros.
1.2 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de funcionamiento de
centros (previas al inicio de la actividad):
a) Hospitales: 340 euros.
b) Centros de más de 5 profesionales sanitarios: 170 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios: 106 euros.
d) Consultas profesionales unipersonales: 42 euros.
1.3 Por la tramitación administrativa de autorizaciones de modificación de
centros:
1) Por cambio de titularidad (excepto consultas unipersonales):
a) Hospitales: 170 euros.
b) Centros de más de 5 profesionales sanitarios: 85 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios y consultas profesionales
unipersonales: 42 euros.
2)
Por cambios estructurales:
a) Hospitales: 170 euros.
b) Centro de más de 5 profesionales sanitarios: 85 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios y consultas profesionales
unipersonales: 42 euros.
3)
Con cambio en la oferta sanitaria:
a) Hospitales: 170 euros.
b) Centros de más de 5 profesionales sanitarios: 85 euros.
c) Centros con menos de 5 profesionales sanitarios y consultas profesionales
unipersonales: 42 euros.
2.1 Por la generación de residuos biosanitarios: 42 euros.
2.2 Por disponer de equipos relevantes de electromedicina en general,
diagnóstico y/o terapéutica (excepto radiaciones ionizantes): 42 euros.
2.3 Por disponer de equipos de radiaciones ionizantes que requieran programa
de garantía de calidad (radiodiagnóstico, radioterapia o medicina nuclear): 85 euros.
cve: BOE-A-2021-19727
Verificable en https://www.boe.es
2. Cuantías complementarias, que incrementarán las cuantías básicas en
función de las condiciones de cada centro.