V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-48653)
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, sobre revocación de procedimientos administrativos sancionadores y anulación de las resoluciones sancionadoras emitidas en los mismos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 29 de noviembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 70017

consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena
o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad’’.
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
‘’Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el
plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación
corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de
procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este
ámbito corresponde al Delegado del Gobierno en Castilla La Mancha, competencia
delegada en el Subdelegado del Gobierno en Guadalajara por Resolución de 20 de
agosto de 2015 (BOE 22/08/2015).
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.

EXPEDIENTE

NIF/NIE/Pasaporte

EXPEDIENTE

NIF/NIE/Pasaporte

P.S.

0470/2020

03076369G

P.S.

2705/2020

X9713591R

P.S.

0472/2020

X5391339R

P.S.

2706/2020

X7185671B

P.S.

0483/2020

09105109F

P.S.

2708/2020

02672706Z

P.S.

0484/2020

03247173X

P.S.

2719/2020

39900462Q

P.S.

0486/2020

03202630H

P.S.

2753/2020

25720037B

P.S.

0487/2020

03245690E

P.S.

2757/2020

Y6590798R

P.S.

0492/2020

51515741L

P.S.

2780/2020

05424002G

P.S.

0495/2020

03217586R

P.S.

2782/2020

03245974F

P.S.

0506/2020

16077303G

P.S.

2784/2020

03125358A

P.S.

0512/2020

03087865T

P.S.

2786/2020

X5349859J

P.S.

0519/2020

Y0804543V

P.S.

2787/2020

77478918Z

P.S.

0520/2020

03200186N

P.S.

2789/2020

Y1889709C

P.S.

0528/2020

03145053X

P.S.

2813/2020

X9761471H

P.S.

0529/2020

03145054B

P.S.

2814/2020

Y7739065Q

P.S.

0530/2020

09030277V

P.S.

2815/2020

Y8064686A

P.S.

0534/2020

03083258Q

P.S.

2817/2020

51883595B

P.S.

0539/2020

03491220G

P.S.

2818/2020

03226052A

P.S.

0544/2020

71991574X

P.S.

2819/2020

03146248D

P.S.

0548/2020

03247748X

P.S.

2820/2020

52901908E

P.S.

0551/2020

Y7725269C

P.S.

2823/2020

03130166G

P.S.

0554/2020

Y6273362B

P.S.

2840/2020

Y3614404Z

cve: BOE-B-2021-48653
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO RESOLUCIÓN