III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-19714)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Ciudad de Melilla, en materia de drogodependencias y con cargo al fondo de bienes decomisados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 29 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 147587

Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por
tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, acordó asignar a la Ciudad
Autónoma de Melilla la cantidad de 90.000,00 euros procedentes del Fondo de bienes
decomisados.
En virtud de ello,
ACUERDAN
Primero. Objeto.
Las Comunidades Autónomas son destinatarias de los recursos del Fondo de bienes
decomisados, para el desarrollo y ejecución de los planes y programas de drogas. La
Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas asume la financiación de
los referidos programas y la Ciudad Autónoma de Melilla asume el compromiso material
de su ejecución, siendo éste el objeto del presente convenio.
Segundo.

Obligaciones de las partes.

Que la actuación de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar
Animal de la Ciudad Autónoma de Melilla en el año 2021 se concretará en el desarrollo
del siguiente programa a implementar por dicha Ciudad Autónoma en el marco y de
conformidad con los objetivos establecidos por la Estrategia Nacional sobre
Adicciones 2017-2024 (aprobada en Consejo de Ministros con fecha 9 de febrero
de 2018) y con las metas previstas en el Plan de Acción sobre Adicciones vigente
actualmente:
– Programa de Inserción Socio Educativo Laboral (PISEL): 90.000,00 euros.
Que el Ministerio de Sanidad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de
Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 90.000,00 euros con cargo al
concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del
Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados,
en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora de este
Fondo. El abono de esta cantidad se realizará a partir de que el convenio surta efectos,
es decir, desde la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, de conformidad con lo
establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Políticas
Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de la Ciudad Autónoma de Melilla remitirá a
la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del
desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto
efectuado en la ejecución de los mismos.

La vigencia del presente Convenio se establece desde su inscripción en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días desde su formalización, en el
«Boletín Oficial del Estado» con una duración hasta el 31 de diciembre de 2021,
surtiendo los efectos en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
No obstante, los programas citados en el Acuerdo segundo, se desarrollarán por la
Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de la Ciudad
Autónoma de Melilla durante el ejercicio 2021.

cve: BOE-A-2021-19714
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Vigencia y efectos.