III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-19719)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto de Estadística de Cataluña, en materia estadística.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285
Lunes 29 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 147793
El Instituto de Estadística de Cataluña será responsable frente la TGSS y frente a
terceros de cualquier reclamación derivada del uso indebido que se haga por los
usuarios de los datos cedidos, eximiendo a la TGSS de cualquier responsabilidad a este
respecto. La TGSS podrá repetir contra el Instituto de Estadística de Cataluña por
cualquier indemnización que deba satisfacer derivado de dicho incumplimiento.
Séptima. Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene carácter interadministrativo, y se rige por lo dispuesto en
los artículos 47 a 53 del capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En defecto de acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación y
Seguimiento, las cuestiones litigiosas que pudieran continuar sobre la interpretación y
ejecución del Convenio serán resueltas conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con expresa sumisión
de las partes a dicha jurisdicción en caso de conflicto.
cve: BOE-A-2021-19719
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente documento, en la
fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante. En Madrid, a 17 de noviembre 2021.–Por la
Tesorería General de la Seguridad Social, el Director General de la Tesorería General de
la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–Por el Instituto Social de la Marina, la
Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.–Por el Instituto de
Estadística de Cataluña, el Director del Instituto de Estadística de Cataluña, Xavier
Cuadras Morató.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 285
Lunes 29 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 147793
El Instituto de Estadística de Cataluña será responsable frente la TGSS y frente a
terceros de cualquier reclamación derivada del uso indebido que se haga por los
usuarios de los datos cedidos, eximiendo a la TGSS de cualquier responsabilidad a este
respecto. La TGSS podrá repetir contra el Instituto de Estadística de Cataluña por
cualquier indemnización que deba satisfacer derivado de dicho incumplimiento.
Séptima. Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene carácter interadministrativo, y se rige por lo dispuesto en
los artículos 47 a 53 del capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En defecto de acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación y
Seguimiento, las cuestiones litigiosas que pudieran continuar sobre la interpretación y
ejecución del Convenio serán resueltas conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con expresa sumisión
de las partes a dicha jurisdicción en caso de conflicto.
cve: BOE-A-2021-19719
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente documento, en la
fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante. En Madrid, a 17 de noviembre 2021.–Por la
Tesorería General de la Seguridad Social, el Director General de la Tesorería General de
la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–Por el Instituto Social de la Marina, la
Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.–Por el Instituto de
Estadística de Cataluña, el Director del Instituto de Estadística de Cataluña, Xavier
Cuadras Morató.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X