III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-19718)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación del Sector Público Estatal Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas Carlos III, para la distribución presupuestaria de los fondos concedidos para la realización del proyecto "Modelos animales para el estudio de la COVID-19. Desarrollo pre-clínico de estrategias preventivas y terapéuticas", convocatoria de Proyectos sinérgicos 2020. Comunidad de Madrid.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 29 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 147782

Por todo lo anterior, las partes expresan su interés en colaborar conjuntamente en el
ámbito del presente convenio, por lo que se formaliza el mismo con arreglo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Finalidad del convenio
La finalidad del convenio es llevar a cabo una actuación de interés para las partes,
regulando las condiciones para la distribución presupuestaria de los fondos concedidos
para la realización del Proyecto sinérgico de I+D con número de referencia Y2020/
BIO-6576, acrónimo COVID-PREclinical-MODels-CM, y con título «Modelos Animales
para el Estudio de la Covid-19. Desarrollo Pre-Clínico de Estrategias Preventivas y
Terapéuticas» entre los grupos de investigación, y organismos que participan como
beneficiarios en el mismo.
Cláusula primera.
De conformidad con la normativa expuesta en la parte expositiva de este convenio la
entidad beneficiaria principal, a la que está adscrito el Coordinador del Proyecto
sinérgico de I+D se compromete a garantizar la transferencia inmediata de los fondos
necesarios una vez recibidas las anualidades por parte de la Comunidad de Madrid para
la ejecución de las actividades por parte del otro grupo de investigación, en los términos
establecidos en los artículos cuarto y quinto de la orden de resolución de la convocatoria.
La entidad beneficiaria principal no realizará ninguna aportación propia, limitándose a
transferir los fondos recibidos de la Comunidad de Madrid.
El otro organismo beneficiario que suscribe el convenio se compromete asimismo a
garantizar la transferencia de los fondos necesarios para la ejecución de las actividades,
una vez recibidos los importes correspondientes a cada anualidad, y previo acuerdo del
Comité de Gestión y aprobación mediante resolución de la Dirección General de
Investigación e Innovación Tecnológica.
Cláusula segunda.
Las partes se comprometen a garantizar el acceso a sus instalaciones y a la
utilización del equipamiento necesario para el buen desarrollo de las actividades a los
miembros de los grupos de investigación que conforman el proyecto sinérgico de I+D
atendiendo, en todo caso, a las decisiones que al respecto pudiera adoptar el
correspondiente Comité de Gestión.

La duración del presente convenio será de tres años y surtirá efectos al día siguiente
de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, debiendo publicarse a continuación en el «Boletín
Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en la Orden 2123/2021, de 16 de julio, por la que se
resuelve la convocatoria de ayudas, la fecha de inicio de la ejecución del proyecto
sinérgico de I+D, una vez surta efectos el convenio, será el día 1 de julio de 2021, y
tendrá una duración de tres años teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 7.5
y 12.8 de la Orden 2784/2018, de 20 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras, respecto al seguimiento de la actividad y los resultados del proyecto
sinérgico de I+D. Así, el resultado del seguimiento del primer periodo de actividad del
proyecto podrá dar lugar a minoraciones de las ayudas concedidas y/o a la no
continuidad de la subvención durante el último año.
La vigencia del convenio podrá prorrogarse, de conformidad con lo establecido en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, por acuerdo de las partes en el supuesto de que,

cve: BOE-A-2021-19718
Verificable en https://www.boe.es

Cláusula tercera.