II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-19676)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285
Lunes 29 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 147322
formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se entenderá
que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.
Los miembros titulares de la Comisión de Valoración así como los suplentes, que en
caso de ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a
Cuerpos o Escalas de Grupo/Subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los
puestos convocados; asimismo, deberán poseer un grado personal o desempeñar
puestos de trabajo de igual o superior nivel de complemento de destino a los
convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando esta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente, que será, con carácter
mínimo, su publicación en las páginas web de este Departamento.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la comisión de valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación en la página web del
párrafo anterior.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta el día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación.
De las valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
5. Las comunicaciones al órgano convocante de las alegaciones, de los
desistimientos y de las renuncias mencionadas en esta base, se realizarán de manera
exclusiva a través de la siguiente dirección de correo, adjuntando como mínimo la
solicitud presentada en plazo: concur-personal.inss-sscc.sgrrhhmm@seg-social.es.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de
valoración de los méritos para los distintos puestos. En dichos listados se establecerá un
periodo de alegaciones.
La comunicación al órgano convocante de las alegaciones se realizará según lo
previsto en el apartado 5 de la base anterior.
cve: BOE-A-2021-19676
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 285
Lunes 29 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 147322
formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se entenderá
que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.
Los miembros titulares de la Comisión de Valoración así como los suplentes, que en
caso de ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a
Cuerpos o Escalas de Grupo/Subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los
puestos convocados; asimismo, deberán poseer un grado personal o desempeñar
puestos de trabajo de igual o superior nivel de complemento de destino a los
convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando esta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente, que será, con carácter
mínimo, su publicación en las páginas web de este Departamento.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la comisión de valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación en la página web del
párrafo anterior.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta el día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación.
De las valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
5. Las comunicaciones al órgano convocante de las alegaciones, de los
desistimientos y de las renuncias mencionadas en esta base, se realizarán de manera
exclusiva a través de la siguiente dirección de correo, adjuntando como mínimo la
solicitud presentada en plazo: concur-personal.inss-sscc.sgrrhhmm@seg-social.es.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de
valoración de los méritos para los distintos puestos. En dichos listados se establecerá un
periodo de alegaciones.
La comunicación al órgano convocante de las alegaciones se realizará según lo
previsto en el apartado 5 de la base anterior.
cve: BOE-A-2021-19676
Verificable en https://www.boe.es
Novena.