II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Asesores técnicos en el exterior. (BOE-A-2021-19546)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de asesores técnicos y asesoras técnicas en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 145750
voz, pero sin voto, para colaborar en el desarrollo del proceso selectivo, limitándose su
actuación a realizar las tareas que les encomiende la Comisión.
3. Comisiones de Valoración. Estas Comisiones estarán presididas por un
funcionario o funcionaria de carrera con destino en el Ministerio de Educación y
Formación Profesional cuyo nombramiento se realizará, a propuesta de la Unidad de
Acción Educativa en el Exterior, por la Subsecretaría del Departamento. Formarán parte
de las mismas tres vocales que cuyo nombramiento se realizará, igualmente, a
propuesta de la Unidad de Acción Educativa en el Exterior, por la Subsecretaría entre
funcionarios y funcionarias de carrera en activo de los cuerpos docentes y del Cuerpo de
Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.
Actuará como Secretario o Secretaria en el órgano colegiado quien posea menor
antigüedad como personal funcionario de carrera de quienes formen parte de la
Comisión de Valoración, salvo que la Comisión acuerde determinarlo de otra manera.
Los miembros de la Comisión de Valoración, deberán pertenecer a cuerpos de igual o
superior grupo de clasificación que el del cuerpo desde el que participen los y las
aspirantes. La composición de esta Comisión de Valoración se publicará en el portal de este
Ministerio:
https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
funcionarios-docentes/concurso.html, que dará entrada al presente concurso de méritos.
Corresponde a las Comisiones de Valoración la valoración de los méritos de las
personas participantes a que se refieren los apartados 2.3 y 3 del anexo II de esta
convocatoria, y la elevación a la Comisión de Selección del resultado de dicha
valoración.
4. Será de aplicación a los miembros de la Comisión de Selección y a los de las
Comisiones de Valoración, así como, en su caso a los asesores y asesoras especialistas,
el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón del servicio.
5. Las organizaciones sindicales más representativas en el sector de la enseñanza
pública docente no universitaria serán informadas periódicamente de los procedimientos
que se desarrollen al amparo de esta convocatoria. A estos efectos serán citados a las
correspondientes reuniones informativas, al menos, con cuarenta y ocho horas de
antelación.
Cuarta. Listas provisionales y definitivas de personas admitidas y excluidas y
valoración de la fase general.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, esta
Subsecretaría dictará Resolución que se publicará en la página web de este Ministerio:
https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/funcionariosdocentes/concurso.html, que dará acceso al presente concurso de méritos, en la que se
anunciará la fecha de exposición de las listas provisionales de aspirantes que, por reunir
los requisitos generales de participación a que se refiere la Base Primera, resulten
admitidos y admitidas y de quienes, por no haber demostrado estar en posesión de
dichos requisitos, resulten excluidos y excluidas provisionalmente con indicación de las
causas de exclusión.
Estas listas contendrán los niveles e idiomas que en la presente convocatoria se
acrediten a cada participante siempre que estos sean los requeridos para los puestos
solicitados. Asimismo, se le podrá reconocer el nivel de conocimiento de otros idiomas
distintos a los acreditados, cuando estos se correspondan con alguno de los exigidos
para las vacantes ofertadas en la presente convocatoria. Ese reconocimiento les podrá
ser válido para acreditar los idiomas correspondientes en la siguiente convocatoria de
concurso de méritos, en función de los puestos a los que opte en la forma que se indique
en esa convocatoria. La justificación del conocimiento de los idiomas se hará de acuerdo
con lo previsto en la base segunda 2.3.e) Igualmente, estas listas contendrán las
puntuaciones provisionales de la fase general correspondiente a los distintos apartados
del baremo de méritos aprobadas por la Comisión de Selección. En el caso de los
candidatos y las candidatas provisionalmente excluidos y excluidas, la validez de estas
cve: BOE-A-2021-19546
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 145750
voz, pero sin voto, para colaborar en el desarrollo del proceso selectivo, limitándose su
actuación a realizar las tareas que les encomiende la Comisión.
3. Comisiones de Valoración. Estas Comisiones estarán presididas por un
funcionario o funcionaria de carrera con destino en el Ministerio de Educación y
Formación Profesional cuyo nombramiento se realizará, a propuesta de la Unidad de
Acción Educativa en el Exterior, por la Subsecretaría del Departamento. Formarán parte
de las mismas tres vocales que cuyo nombramiento se realizará, igualmente, a
propuesta de la Unidad de Acción Educativa en el Exterior, por la Subsecretaría entre
funcionarios y funcionarias de carrera en activo de los cuerpos docentes y del Cuerpo de
Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.
Actuará como Secretario o Secretaria en el órgano colegiado quien posea menor
antigüedad como personal funcionario de carrera de quienes formen parte de la
Comisión de Valoración, salvo que la Comisión acuerde determinarlo de otra manera.
Los miembros de la Comisión de Valoración, deberán pertenecer a cuerpos de igual o
superior grupo de clasificación que el del cuerpo desde el que participen los y las
aspirantes. La composición de esta Comisión de Valoración se publicará en el portal de este
Ministerio:
https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
funcionarios-docentes/concurso.html, que dará entrada al presente concurso de méritos.
Corresponde a las Comisiones de Valoración la valoración de los méritos de las
personas participantes a que se refieren los apartados 2.3 y 3 del anexo II de esta
convocatoria, y la elevación a la Comisión de Selección del resultado de dicha
valoración.
4. Será de aplicación a los miembros de la Comisión de Selección y a los de las
Comisiones de Valoración, así como, en su caso a los asesores y asesoras especialistas,
el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón del servicio.
5. Las organizaciones sindicales más representativas en el sector de la enseñanza
pública docente no universitaria serán informadas periódicamente de los procedimientos
que se desarrollen al amparo de esta convocatoria. A estos efectos serán citados a las
correspondientes reuniones informativas, al menos, con cuarenta y ocho horas de
antelación.
Cuarta. Listas provisionales y definitivas de personas admitidas y excluidas y
valoración de la fase general.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, esta
Subsecretaría dictará Resolución que se publicará en la página web de este Ministerio:
https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/funcionariosdocentes/concurso.html, que dará acceso al presente concurso de méritos, en la que se
anunciará la fecha de exposición de las listas provisionales de aspirantes que, por reunir
los requisitos generales de participación a que se refiere la Base Primera, resulten
admitidos y admitidas y de quienes, por no haber demostrado estar en posesión de
dichos requisitos, resulten excluidos y excluidas provisionalmente con indicación de las
causas de exclusión.
Estas listas contendrán los niveles e idiomas que en la presente convocatoria se
acrediten a cada participante siempre que estos sean los requeridos para los puestos
solicitados. Asimismo, se le podrá reconocer el nivel de conocimiento de otros idiomas
distintos a los acreditados, cuando estos se correspondan con alguno de los exigidos
para las vacantes ofertadas en la presente convocatoria. Ese reconocimiento les podrá
ser válido para acreditar los idiomas correspondientes en la siguiente convocatoria de
concurso de méritos, en función de los puestos a los que opte en la forma que se indique
en esa convocatoria. La justificación del conocimiento de los idiomas se hará de acuerdo
con lo previsto en la base segunda 2.3.e) Igualmente, estas listas contendrán las
puntuaciones provisionales de la fase general correspondiente a los distintos apartados
del baremo de méritos aprobadas por la Comisión de Selección. En el caso de los
candidatos y las candidatas provisionalmente excluidos y excluidas, la validez de estas
cve: BOE-A-2021-19546
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Núm. 283