V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-48070)
Resolución de 23 de noviembre de 2021 de la Subdelegación del Gobierno en Cáceres, sobre finalización y archivo de procedimientos sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 69003
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en el mismo.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
EXPEDIENTE
1367/2020
1369/2020
1370/2020
1374/2020
1376/2020
1381/2020
1383/2020
1384/2020
1385/2020
1388/2020
1390/2020
1394/2020
1397/2020
1399/2020
1400/2020
1403/2020
1410/2020
1419/2020
1421/2020
1423/2020
1424/2020
NIF/NIE
28948972E
77028564T
76049802A
06997005Z
45876881T
77817700Y
28970966M
06934864L
28970967Y
28972835B
11771375K
45132845Z
76036868H
09819855M
07012840W
X2779017L
04143748E
52052363M
X3274163K
76058501P
04202345S
cve: BOE-B-2021-48070
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO RESOLUCIÓN
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 69003
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en el mismo.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
EXPEDIENTE
1367/2020
1369/2020
1370/2020
1374/2020
1376/2020
1381/2020
1383/2020
1384/2020
1385/2020
1388/2020
1390/2020
1394/2020
1397/2020
1399/2020
1400/2020
1403/2020
1410/2020
1419/2020
1421/2020
1423/2020
1424/2020
NIF/NIE
28948972E
77028564T
76049802A
06997005Z
45876881T
77817700Y
28970966M
06934864L
28970967Y
28972835B
11771375K
45132845Z
76036868H
09819855M
07012840W
X2779017L
04143748E
52052363M
X3274163K
76058501P
04202345S
cve: BOE-B-2021-48070
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO RESOLUCIÓN