II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. UNIVERSIDADES. Integraciones. (BOE-A-2021-19542)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a don Agustín Consegliere Castilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. II.A. Pág. 145734
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
UNIVERSIDADES
19542
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la
que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a don
Agustín Consegliere Castilla.
La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE del 13), por la que se modifica la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su Disposición Adicional
Segunda, relativa al Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias y de la
integración de sus miembros en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad,
dispone lo siguiente:
«1. A los efectos del acceso de estos profesores al Cuerpo de Profesores y
Profesoras Titulares de Universidad, los Profesores Titulares de Escuela Universitaria
que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el título de Doctor o lo obtengan
posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el
artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad,
en sus propias plazas. Para la acreditación de Profesores Titulares de Escuela
Universitaria se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.»
Una vez comprobado el cumplimiento por el interesado de los requisitos
establecidos, de acuerdo con lo dispuesto en la citada disposición adicional y en uso de
las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Universidades y el Decreto 281/2003,
de 7 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cádiz,
resuelvo lo siguiente:
Queda integrado en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad el funcionario
don Agustín Consegliere Castilla, del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela
Universitaria perteneciente a esta Universidad, quedando adscrito al mismo
Departamento y Área de conocimiento que estuviera en su cuerpo de origen, con efectos
económico-administrativos de 17 de noviembre de 2021.
Cádiz, 16 de noviembre de 2021.–El Rector, P.D. (Resolución de 29 de julio
de 2019), el Vicerrector de Profesorado, Manuel Antonio García Sedeño.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-19542
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
Provincial de Cádiz en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de
notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente,
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un
mes, sin que en, este último caso, pueda interponerse recurso contenciosoadministrativo hasta su resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. II.A. Pág. 145734
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
UNIVERSIDADES
19542
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la
que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a don
Agustín Consegliere Castilla.
La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE del 13), por la que se modifica la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su Disposición Adicional
Segunda, relativa al Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias y de la
integración de sus miembros en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad,
dispone lo siguiente:
«1. A los efectos del acceso de estos profesores al Cuerpo de Profesores y
Profesoras Titulares de Universidad, los Profesores Titulares de Escuela Universitaria
que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el título de Doctor o lo obtengan
posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el
artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad,
en sus propias plazas. Para la acreditación de Profesores Titulares de Escuela
Universitaria se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.»
Una vez comprobado el cumplimiento por el interesado de los requisitos
establecidos, de acuerdo con lo dispuesto en la citada disposición adicional y en uso de
las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Universidades y el Decreto 281/2003,
de 7 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cádiz,
resuelvo lo siguiente:
Queda integrado en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad el funcionario
don Agustín Consegliere Castilla, del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela
Universitaria perteneciente a esta Universidad, quedando adscrito al mismo
Departamento y Área de conocimiento que estuviera en su cuerpo de origen, con efectos
económico-administrativos de 17 de noviembre de 2021.
Cádiz, 16 de noviembre de 2021.–El Rector, P.D. (Resolución de 29 de julio
de 2019), el Vicerrector de Profesorado, Manuel Antonio García Sedeño.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-19542
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Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
Provincial de Cádiz en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de
notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, alternativamente,
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un
mes, sin que en, este último caso, pueda interponerse recurso contenciosoadministrativo hasta su resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.