I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2021-19517)
Orden AUC/1296/2021, de 17 de noviembre, por la que se reestructura la Oficina Consular Honoraria de España en el Reino de Dinamarca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. I. Pág. 145684
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
19517
Orden AUC/1296/2021, de 17 de noviembre, por la que se reestructura la
Oficina Consular Honoraria de España en el Reino de Dinamarca.
En el año 2007, el Reino de Dinamarca aprobó una nueva organización territorial
suprimiendo la anterior división del territorio en 13 distritos. La nueva organización
territorial consta de cinco regiones (Región Capital, Jutlandia Central, Dinamarca
Meridional, Selandia y Jutlandia Septentrional) que abarcan un total de 98 distritos.
Esta reorganización justifica la reestructuración de la red consular honoraria de
España en el Reino de Dinamarca, con el objetivo de adecuarla a la división
administrativa vigente. De esta forma, se redistribuyen las circunscripciones de las cinco
Oficinas Consulares honorarias de España en Dinamarca, elevando las categorías de
tres de ellas de Viceconsulado Honorario a Consulado Honorario (Aarhus, Odense y
Groenlandia), manteniendo un Viceconsulado Honorario (Thorshavn, en las Islas Feroe)
y suprimiendo otro (Vejle), de manera que la red quede compuesta por tres Oficinas
Consulares honorarias de España con categoría Consulados Honorarios y una Oficina
Consular honoraria de España con categoría de Viceconsulado Honorario.
Este nuevo diseño de la red consular honoraria permite una gestión más eficaz y
directa de los asuntos ordinarios de la colectividad española y de una mejor gestión de
las eventualidades que puedan encontrarse los ciudadanos españoles transeúntes.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Copenhague, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el
Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y
Sudeste de Europa, dispongo:
Artículo 1. Modificación de la circunscripción consular de la Oficina Consular honoraria
de España en Aarhus.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria de España en Aarhus,
que abarcará las regiones de Jutlandia Septentrional y Jutlandia Meridional.
Artículo 2. Elevación Oficina Consular honoraria de España en Aarhus.
Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular de España en
Aarhus, en el Reino de Dinamarca, con la circunscripción descrita en el artículo 1.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Aarhus tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
cve: BOE-A-2021-19517
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 3. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Aarhus.
Núm. 283
Viernes 26 de noviembre de 2021
Sec. I. Pág. 145684
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
19517
Orden AUC/1296/2021, de 17 de noviembre, por la que se reestructura la
Oficina Consular Honoraria de España en el Reino de Dinamarca.
En el año 2007, el Reino de Dinamarca aprobó una nueva organización territorial
suprimiendo la anterior división del territorio en 13 distritos. La nueva organización
territorial consta de cinco regiones (Región Capital, Jutlandia Central, Dinamarca
Meridional, Selandia y Jutlandia Septentrional) que abarcan un total de 98 distritos.
Esta reorganización justifica la reestructuración de la red consular honoraria de
España en el Reino de Dinamarca, con el objetivo de adecuarla a la división
administrativa vigente. De esta forma, se redistribuyen las circunscripciones de las cinco
Oficinas Consulares honorarias de España en Dinamarca, elevando las categorías de
tres de ellas de Viceconsulado Honorario a Consulado Honorario (Aarhus, Odense y
Groenlandia), manteniendo un Viceconsulado Honorario (Thorshavn, en las Islas Feroe)
y suprimiendo otro (Vejle), de manera que la red quede compuesta por tres Oficinas
Consulares honorarias de España con categoría Consulados Honorarios y una Oficina
Consular honoraria de España con categoría de Viceconsulado Honorario.
Este nuevo diseño de la red consular honoraria permite una gestión más eficaz y
directa de los asuntos ordinarios de la colectividad española y de una mejor gestión de
las eventualidades que puedan encontrarse los ciudadanos españoles transeúntes.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Copenhague, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el
Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y
Sudeste de Europa, dispongo:
Artículo 1. Modificación de la circunscripción consular de la Oficina Consular honoraria
de España en Aarhus.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria de España en Aarhus,
que abarcará las regiones de Jutlandia Septentrional y Jutlandia Meridional.
Artículo 2. Elevación Oficina Consular honoraria de España en Aarhus.
Se eleva a la categoría de Consulado Honorario la Oficina Consular de España en
Aarhus, en el Reino de Dinamarca, con la circunscripción descrita en el artículo 1.
La persona titular del Consulado Honorario de España en Aarhus tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
cve: BOE-A-2021-19517
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Artículo 3. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Aarhus.