V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47947)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, sobre revocación de procedimientos sancionadores y anulación de las resoluciones emitidas en los mismos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 68629

o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad’’.
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la citada Ley 39/2015 ‘’Las
Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo
de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- El órgano competente para la sanción de las infracciones graves y
leves es el Delegado del Gobierno en Galicia según establecen el art. 63 de la Ley
39/2015, y el art. 32.1.c. de la LOPSC.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, al apreciar
razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, contra la misma cabe interponer
recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de UN MES
contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente resolución.
EL DELEGADO DEL GOBIERNO
P.D. LA SUBDELEGADA DE GOBIERNO
(Resolución de 23/09/21 de la Delegación del Gobierno en Galicia, BOE de 07/
10/21)

Expediente/Año
1950/2020
1949/2020
1948/2020
1947/2020
1946/2020
1945/2020
1944/2020
1943/2020
1940/2020
1938/2020
1937/2020
1936/2020
1935/2020
1933/2020
1931/2020
1930/2020

NIF/NIE
77405693K
35483426S
44088441V
Y8079749R
35322895R
76999045J
53180444M
75785074M
78533883S
77974112H
71444989C
71513175B
40441675Q
Y0302965T
36171297W
77418308D

cve: BOE-B-2021-47947
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO RESOLUCIÓN