V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47983)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, sobre finalización y archivo de procedimientos sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68785
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
5319/2021
5318/2021
5317/2021
5316/2021
5313/2021
5311/2021
5309/2021
5307/2021
5306/2021
5304/2021
5298/2021
5297/2021
5296/2021
5295/2021
5294/2021
5290/2021
5288/2021
5287/2021
5284/2021
5283/2021
5281/2021
5279/2021
5278/2021
Identificador Infractor
78709494K
78858001V
X9689976F
78723474V
43817741G
54111634V
79085910L
X2366449W
42174721N
45708780Y
79080916Q
78720330R
43835162Z
78680144L
42224323A
78643570S
78639142A
Y6035207K
43836055X
79071636M
79196468Q
X5859472S
45851274S
cve: BOE-B-2021-47983
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68785
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
5319/2021
5318/2021
5317/2021
5316/2021
5313/2021
5311/2021
5309/2021
5307/2021
5306/2021
5304/2021
5298/2021
5297/2021
5296/2021
5295/2021
5294/2021
5290/2021
5288/2021
5287/2021
5284/2021
5283/2021
5281/2021
5279/2021
5278/2021
Identificador Infractor
78709494K
78858001V
X9689976F
78723474V
43817741G
54111634V
79085910L
X2366449W
42174721N
45708780Y
79080916Q
78720330R
43835162Z
78680144L
42224323A
78643570S
78639142A
Y6035207K
43836055X
79071636M
79196468Q
X5859472S
45851274S
cve: BOE-B-2021-47983
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.