V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47971)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, sobre finalización y archivo de procedimientos sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 68731

actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.

Expediente/Año
4400/2021
4399/2021
4398/2021
4397/2021
4396/2021
4395/2021
4394/2021
4393/2021
4392/2021
4391/2021
4390/2021
4389/2021
4388/2021
4387/2021
4386/2021
4385/2021
4384/2021
4381/2021
4380/2021
4379/2021
4377/2021
4376/2021
4375/2021

Identificador Infractor
49948663T
49519969A
Y3113622B
42045911W
Y4045911H
42043369J
Y5716052Z
Y8018002D
45866588B
Y7790677Q
Y6455870Z
76728284P
X1980632X
Y7822700T
51147440V
78642499W
43379892Y
78639079D
78714591N
X2371106J
51154419G
55058807G
78555433Z

cve: BOE-B-2021-47971
Verificable en https://www.boe.es

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.