V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47976)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, sobre Finalización y Archivo de Procedimientos Sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68756
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
4500/2021
4498/2021
4496/2021
4494/2021
4493/2021
4491/2021
4490/2021
4489/2021
4488/2021
4487/2021
4486/2021
4485/2021
4484/2021
4483/2021
4482/2021
4481/2021
4480/2021
4475/2021
4474/2021
4473/2021
4472/2021
4471/2021
4470/2021
Identificador Infractor
X2670576T
78727117A
77538265K
42048281A
Y3858926T
76576570W
78714969E
X6021248D
45447606C
42264120X
78624787T
42051684W
42702788E
Y0421410H
73119809A
78858151Y
Y4620520H
79197379F
X2425569N
78614458K
Y5100734S
49512569D
41893118K
cve: BOE-B-2021-47976
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68756
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
4500/2021
4498/2021
4496/2021
4494/2021
4493/2021
4491/2021
4490/2021
4489/2021
4488/2021
4487/2021
4486/2021
4485/2021
4484/2021
4483/2021
4482/2021
4481/2021
4480/2021
4475/2021
4474/2021
4473/2021
4472/2021
4471/2021
4470/2021
Identificador Infractor
X2670576T
78727117A
77538265K
42048281A
Y3858926T
76576570W
78714969E
X6021248D
45447606C
42264120X
78624787T
42051684W
42702788E
Y0421410H
73119809A
78858151Y
Y4620520H
79197379F
X2425569N
78614458K
Y5100734S
49512569D
41893118K
cve: BOE-B-2021-47976
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.