V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47968)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, sobre Finalización y Archivo de Procedimientos Sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 68719

actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.

Expediente/Año
4100/2021
4099/2021
4098/2021
4097/2021
4096/2021
4094/2021
4093/2021
4092/2021
4091/2021
4090/2021
4089/2021
4088/2021
4087/2021
4086/2021
4085/2021
4084/2021
4081/2021
4080/2021
4079/2021
4078/2021
4077/2021
4076/2021
4074/2021

Identificador Infractor
78678613Y
43805636C
45705427B
79446573L
Y4858623W
X7199827E
Y6952667B
74827688V
54116742L
51165278F
78728395Q
49944974Z
78619348N
54060389Q
45457933C
54112674E
X9513375T
54055182F
79087724Q
45455678L
78557241M
Y7409435E
78724708D

cve: BOE-B-2021-47968
Verificable en https://www.boe.es

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.