V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47980)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, sobre Finalización y Archivo de Procedimientos Sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68772
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
4900/2021
4899/2021
4898/2021
4897/2021
4896/2021
4895/2021
4894/2021
4893/2021
4891/2021
4890/2021
4889/2021
4888/2021
4887/2021
4885/2021
4883/2021
4882/2021
4880/2021
4879/2021
4878/2021
4877/2021
4874/2021
4873/2021
4872/2021
Identificador Infractor
Y6222453R
Y4445600J
79095891H
78721132K
X8406106C
43380399F
12720117J
46409788C
42042966R
42095081K
78725234Y
42240709J
48568243V
43782269K
43776422Q
79061860G
43831904E
44650559S
43820327Z
42291533F
42202926L
78697914X
54047939D
cve: BOE-B-2021-47980
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68772
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
4900/2021
4899/2021
4898/2021
4897/2021
4896/2021
4895/2021
4894/2021
4893/2021
4891/2021
4890/2021
4889/2021
4888/2021
4887/2021
4885/2021
4883/2021
4882/2021
4880/2021
4879/2021
4878/2021
4877/2021
4874/2021
4873/2021
4872/2021
Identificador Infractor
Y6222453R
Y4445600J
79095891H
78721132K
X8406106C
43380399F
12720117J
46409788C
42042966R
42095081K
78725234Y
42240709J
48568243V
43782269K
43776422Q
79061860G
43831904E
44650559S
43820327Z
42291533F
42202926L
78697914X
54047939D
cve: BOE-B-2021-47980
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.