V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47965)
Resolución de 16 de noviembre de 2021 de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife sobre Finalización y Archivo de Procedimientos Sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68707
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
3800/2021
3797/2021
3796/2021
3795/2021
3793/2021
3792/2021
3791/2021
3790/2021
3788/2021
3785/2021
3784/2021
3780/2021
3779/2021
3778/2021
3777/2021
3776/2021
3775/2021
3774/2021
3773/2021
3772/2021
3770/2021
3769/2021
3766/2021
Identificador Infractor
54053854J
05399625F
78566082Z
78679848E
Y3397596G
Y6771302R
55435115D
51200182C
42223077E
54114875S
79196406T
54948816E
78727581F
X8755908S
78694745S
51167902D
X6691231W
54060560A
Y6903616L
42934312M
43817720Y
78630539W
70649801B
cve: BOE-B-2021-47965
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68707
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
Expediente/Año
3800/2021
3797/2021
3796/2021
3795/2021
3793/2021
3792/2021
3791/2021
3790/2021
3788/2021
3785/2021
3784/2021
3780/2021
3779/2021
3778/2021
3777/2021
3776/2021
3775/2021
3774/2021
3773/2021
3772/2021
3770/2021
3769/2021
3766/2021
Identificador Infractor
54053854J
05399625F
78566082Z
78679848E
Y3397596G
Y6771302R
55435115D
51200182C
42223077E
54114875S
79196406T
54948816E
78727581F
X8755908S
78694745S
51167902D
X6691231W
54060560A
Y6903616L
42934312M
43817720Y
78630539W
70649801B
cve: BOE-B-2021-47965
Verificable en https://www.boe.es
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.