V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47970)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, sobre finalización y archivo de procedimientos sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282

Jueves 25 de noviembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 68727

actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.

Expediente/Año
4300/2021
4299/2021
4298/2021
4297/2021
4296/2021
4295/2021
4294/2021
4293/2021
4292/2021
4291/2021
4290/2021
4289/2021
4288/2021
4287/2021
4286/2021
4285/2021
4284/2021
4283/2021
4282/2021
4281/2021
4280/2021
4279/2021
4277/2021

Identificador Infractor
42292667Z
02613819F
43604989W
51148084V
41976888W
Y4107695R
51148975B
51149918B
41924969V
Y6278926D
51778146V
78643225S
43375100K
Y4976833S
42076376S
43817583F
78643228H
45765364X
Y6187968Q
42072418J
47938638Z
43622805Q
Y6721360S

cve: BOE-B-2021-47970
Verificable en https://www.boe.es

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de
UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.