III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2021-19477)
Resolución de 15 de noviembre de 2021, la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la difusión e implantación del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales y su aplicación informática y el intercambio de información.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 144946
seguridad al Responsable y a las Autoridades de Protección de Datos que resulten
competentes y/o en su caso, a los propios titulares de los datos afectados, de forma
coordinada y autorizada por el Responsable.
– Informar inmediatamente al Responsable si, en su opinión, una instrucción infringe
el RGPD u otras disposiciones en materia de protección de datos de la Unión Europea o
de España. También le comunicará con carácter urgente cualquier violación de seguridad
que se produzca respecto al tratamiento de datos SIUSS.
– No ceder, publicar ni comunicar datos personales a terceras personas, salvo previa
y expresa autorización por parte del responsable del tratamiento y siempre que se trate
de los supuestos previstos en la normativa o en el apartado quinto.
– De estar adherido el Encargado de tratamiento a un código de conducta de
protección de datos, deberá adoptar cuantas medidas adicionales le vengan impuestas
en dicho código o certificado.
5.
Subcontratación:
No podrá modificar o subcontratar a otro encargado, ni ceder los datos a un tercero
sin la expresa autorización por escrito del Responsable en el plazo de 15 días hábiles
desde la recepción de la solicitud de autorización. En el supuesto de que el Responsable
lo autorice, el Encargado deberá de comunicar los datos de contacto del Subcontratista,
avalando su idoneidad para el servicio externalizado. El subcontratista ostentará la
condición de encargado de tratamiento, siendo necesario a tal efecto que suscriba un
acuerdo de Encargo de Tratamiento específico con el Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, adicional al presente.
El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 como Encargado principal seguirá
respondiendo íntegramente de las obligaciones legales y las consignadas en el presente
documento.
6.
Derechos de los Afectados y Colaboración con las Autoridades de Control:
El Encargado deberá asistir al Responsable, en la respuesta a los afectados titulares
de los datos en el ejercicio de sus derechos. A tal fin, cuando las personas afectadas
ejerzan los derechos de acceso, rectificación u oposición; en su caso, la portabilidad de
los datos o el derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas y aquellos otros que
figuren en los artículos 12-22 del RGPD y en la Ley Orgánica 3/2018, deberá comunicar
a la mayor brevedad posible la solicitud al Responsable y/o su Delegado de Protección
de Datos teniendo en cuenta que el tiempo de respuesta al ciudadano no podrá superar
el mes natural.
Asimismo, deberá de facilitarle al solicitante que quiera ejercer sus derechos los
datos relativos al Responsable del Tratamiento de Datos:
Responsable.
Legitimación.
Artículo 6.1.e RGPD.
Derechos a ejercer.
Acceso, rectificación u oposición; en su caso, cancelación, portabilidad
de los datos y el derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas.
Datos de contacto.
Información Adicional.
7.
Destino Final de los Datos Personales Tratados:
Cumplida la prestación objeto del presente encargo, el Encargado deberá devolver
todos los tratamientos de datos personales, al igual que cuanta documentación o soporte
se haya elaborado como consecuencia de los mismos. Únicamente podrá conservar una
cve: BOE-A-2021-19477
Verificable en https://www.boe.es
Finalidad.
Núm. 282
Jueves 25 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 144946
seguridad al Responsable y a las Autoridades de Protección de Datos que resulten
competentes y/o en su caso, a los propios titulares de los datos afectados, de forma
coordinada y autorizada por el Responsable.
– Informar inmediatamente al Responsable si, en su opinión, una instrucción infringe
el RGPD u otras disposiciones en materia de protección de datos de la Unión Europea o
de España. También le comunicará con carácter urgente cualquier violación de seguridad
que se produzca respecto al tratamiento de datos SIUSS.
– No ceder, publicar ni comunicar datos personales a terceras personas, salvo previa
y expresa autorización por parte del responsable del tratamiento y siempre que se trate
de los supuestos previstos en la normativa o en el apartado quinto.
– De estar adherido el Encargado de tratamiento a un código de conducta de
protección de datos, deberá adoptar cuantas medidas adicionales le vengan impuestas
en dicho código o certificado.
5.
Subcontratación:
No podrá modificar o subcontratar a otro encargado, ni ceder los datos a un tercero
sin la expresa autorización por escrito del Responsable en el plazo de 15 días hábiles
desde la recepción de la solicitud de autorización. En el supuesto de que el Responsable
lo autorice, el Encargado deberá de comunicar los datos de contacto del Subcontratista,
avalando su idoneidad para el servicio externalizado. El subcontratista ostentará la
condición de encargado de tratamiento, siendo necesario a tal efecto que suscriba un
acuerdo de Encargo de Tratamiento específico con el Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, adicional al presente.
El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 como Encargado principal seguirá
respondiendo íntegramente de las obligaciones legales y las consignadas en el presente
documento.
6.
Derechos de los Afectados y Colaboración con las Autoridades de Control:
El Encargado deberá asistir al Responsable, en la respuesta a los afectados titulares
de los datos en el ejercicio de sus derechos. A tal fin, cuando las personas afectadas
ejerzan los derechos de acceso, rectificación u oposición; en su caso, la portabilidad de
los datos o el derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas y aquellos otros que
figuren en los artículos 12-22 del RGPD y en la Ley Orgánica 3/2018, deberá comunicar
a la mayor brevedad posible la solicitud al Responsable y/o su Delegado de Protección
de Datos teniendo en cuenta que el tiempo de respuesta al ciudadano no podrá superar
el mes natural.
Asimismo, deberá de facilitarle al solicitante que quiera ejercer sus derechos los
datos relativos al Responsable del Tratamiento de Datos:
Responsable.
Legitimación.
Artículo 6.1.e RGPD.
Derechos a ejercer.
Acceso, rectificación u oposición; en su caso, cancelación, portabilidad
de los datos y el derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas.
Datos de contacto.
Información Adicional.
7.
Destino Final de los Datos Personales Tratados:
Cumplida la prestación objeto del presente encargo, el Encargado deberá devolver
todos los tratamientos de datos personales, al igual que cuanta documentación o soporte
se haya elaborado como consecuencia de los mismos. Únicamente podrá conservar una
cve: BOE-A-2021-19477
Verificable en https://www.boe.es
Finalidad.