V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47859)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, sobre revocación de procedimientos sancionadores y anulación de las resoluciones emitidas en los mismos.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 24 de noviembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 68432

administrativos referentes a un procedimiento sancionador en que, como
consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena
o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad’’.
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la citada Ley 39/2015 ‘’Las
Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo
de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal
revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea
contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico’’.
QUINTO.- El órgano competente para la sanción de las infracciones graves y
leves es el Delegado del Gobierno en Galicia según establecen el art. 63 de la Ley
39/2015, y el art. 32.1.c. de la LOPSC.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las
resoluciones sancionadoras emitidas.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, al apreciar
razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, contra la misma cabe interponer
recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de UN MES
contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente resolución.
EL DELEGADO DEL GOBIERNO
P.D. LA SUBDELEGADA DE GOBIERNO
(Resolución de 23/09/21 de la Delegación del Gobierno en Galicia, BOE de 07/
10/21)

Expediente/Año
1024/2021
1022/2021
1021/2021
1020/2021
1018/2021
1017/2021
1014/2021
1012/2021
1011/2021
1010/2021
1009/2021
1008/2021

NIF/NIE
35307953D
53184943L
Y0361801W
35240613J
Y4540798Z
36161614W
36048674S
36137792P
35459661D
76925713M
76712022F
53175381W

cve: BOE-B-2021-47859
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO RESOLUCIÓN