V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47858)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Dirección Insular de la Administración General del Estado en Ibiza y Formentera, sobre finalización y archivo de procedimientos sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Miércoles 24 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68421
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa."
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
Resuelvo
Primero.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
Segundo.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que figuran
relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las actuaciones
seguidas en los mismos.
Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial
del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al
apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de un
mes contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Anexo Resolución
EXPEDIENTE NIF/NIE
1959/2021 31737285E
1875/2021 Y5487551H
1871/2021 47250775N
1870/2021 Y3411258G
1805/2021 47530179N
1860/2021 53458966C
1945/2021 Y3854895V
1832/2021 Y4489184N
1915/2021 Y0993145L
1747/2021 Y1429154V
1733/2021 41459733W
cve: BOE-B-2021-47858
Verificable en https://www.boe.es
1897/2021 X6818149Y
Núm. 281
Miércoles 24 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68421
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa."
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
Resuelvo
Primero.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
Segundo.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que figuran
relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las actuaciones
seguidas en los mismos.
Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial
del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al
apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de un
mes contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente
resolución.
Anexo Resolución
EXPEDIENTE NIF/NIE
1959/2021 31737285E
1875/2021 Y5487551H
1871/2021 47250775N
1870/2021 Y3411258G
1805/2021 47530179N
1860/2021 53458966C
1945/2021 Y3854895V
1832/2021 Y4489184N
1915/2021 Y0993145L
1747/2021 Y1429154V
1733/2021 41459733W
cve: BOE-B-2021-47858
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1897/2021 X6818149Y