I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas económicas. (BOE-A-2021-19305)
Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 24 de noviembre de 2021
Sec. I. Pág. 143866
actividades humanas, los cuales llegan a la laguna a través de las cuencas vertientes del
Campo de Cartagena. Así, en 2016 se produjo el evento conocido como «sopa verde»
que acabó con la mayoría de las praderas de macroalgas y fanerógamas marinas de la
laguna, y en 2019 se produjo una mortandad masiva de fauna marina debido a un evento
anóxico posterior a unas lluvias torrenciales en el Campo de Cartagena («Gota fría» o
«DANA»). Durante el mes de agosto de 2021 ha sucedido otro evento de condiciones de
hipoxia en varias localizaciones del Mar Menor, fruto de la eutrofización avanzada que
sufre la laguna. Estas condiciones físico-químicas del agua han originado, aunque en
menor medida que en 2019, un nuevo evento de mortandad de fauna marina
(principalmente, peces y crustáceos). Nuevamente, este evento es debido a la entrada
de nitrógeno y fósforo de la agricultura intensiva y otras actividades humanas en el
entorno de la albufera que provocaron un afloramiento masivo de fitoplancton iniciado en
torno a la rambla del Albujón. Este exceso de fitoplancton ha limitado la entrada de luz y
ha afectado tanto a la fotosíntesis como a la disponibilidad de oxígeno disuelto, lo cual
ha desencadenado la mencionada mortandad de fauna.
Actualmente, el ecosistema lagunar del Mar Menor ha perdido su capacidad de
regulación. El citado deterioro tiene como vehículo transmisor de la contaminación los
recursos hídricos, que bien en forma de escorrentía superficial o bien como drenaje a
través del acuífero cuaternario de la masa de agua subterránea del Campo de
Cartagena, llegan a la laguna alternado dicho ecosistema.
En el conjunto de actuaciones prioritarias definidas por el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico para recuperar el Mar Menor, se incluye la
realización de las obras de interés general enumeradas en la disposición adicional única.
La restauración de ecosistemas en franja perimetral del Mar Menor y la creación del
Cinturón Verde tiene como objetivo eliminar las afecciones directas y buscar un efecto
tampón o amortiguador de impactos, así como una naturalización del entorno inmediato
de la laguna. La renaturalización y mejora ambiental de las ramblas y de la red de
drenaje general de la cuenca vertiente al Mar Menor se orienta a garantizar la
funcionalidad del territorio, tanto en la respuesta frente a inundaciones como en la
mejora de la biodiversidad y en el papel a jugar en la retención de nutrientes y otros
compuestos, incluyendo la creación de corredores verdes asociados al Cinturón Verde,
para dotar de conectividad a todo el sistema y red de drenaje del Campo de Cartagena.
La restauración de emplazamientos mineros peligrosos abandonados y restauración de
zonas afectadas por la minería en la zona de influencia al Mar Menor tiene como objetivo
evitar la contaminación de los suelos y el acuífero y evitar escorrentías superficiales de
residuos mineros peligrosos que entren en el Mar Menor y deterioren su estado. La
renovación de la impulsión de la rambla del Albujón pretende alcanzar una explotación
próxima a su capacidad hidráulica, paliando la entrada de nutrientes por esta rambla, a la
que surgen aguas subterráneas ricas en los mismos. El objetivo de las obras de mejora
hidrológica y laminación de crecidas en la cuenca vertiente del Mar Menor es contribuir a
minimizar el riesgo de inundaciones en los municipios ribereños, laminando además la
entrada masiva de nitratos sin alterar la proporción de agua dulce y salada de la laguna.
Todas estas obras precisan de la declaración de interés general para iniciar de
forma inmediata el desarrollo y ejecución de los proyectos urgentes y prioritarios
que, con las características de cada uno que han quedado brevemente descritas,
tienen en común la finalidad de frenar y revertir el grave deterioro ecológico de la
laguna del Mar Menor.
Debe recalcarse también que este real decreto-ley no afecta al ordenamiento de las
instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos
regulados en el título I de la Constitución, al régimen de las Comunidades Autónomas ni
al Derecho electoral general.
En este sentido, y en relación con la prohibición de afectación a los derechos, deberes y
libertades de los ciudadanos regulados en el título I de la Constitución Española, la
consolidada doctrina constitucional, que resume la STC 139/2016, de 31 de julio (FJ 6),
«1.º) (…) este Tribunal ha rechazado una interpretación extensiva de dicho límite que
cve: BOE-A-2021-19305
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281
Miércoles 24 de noviembre de 2021
Sec. I. Pág. 143866
actividades humanas, los cuales llegan a la laguna a través de las cuencas vertientes del
Campo de Cartagena. Así, en 2016 se produjo el evento conocido como «sopa verde»
que acabó con la mayoría de las praderas de macroalgas y fanerógamas marinas de la
laguna, y en 2019 se produjo una mortandad masiva de fauna marina debido a un evento
anóxico posterior a unas lluvias torrenciales en el Campo de Cartagena («Gota fría» o
«DANA»). Durante el mes de agosto de 2021 ha sucedido otro evento de condiciones de
hipoxia en varias localizaciones del Mar Menor, fruto de la eutrofización avanzada que
sufre la laguna. Estas condiciones físico-químicas del agua han originado, aunque en
menor medida que en 2019, un nuevo evento de mortandad de fauna marina
(principalmente, peces y crustáceos). Nuevamente, este evento es debido a la entrada
de nitrógeno y fósforo de la agricultura intensiva y otras actividades humanas en el
entorno de la albufera que provocaron un afloramiento masivo de fitoplancton iniciado en
torno a la rambla del Albujón. Este exceso de fitoplancton ha limitado la entrada de luz y
ha afectado tanto a la fotosíntesis como a la disponibilidad de oxígeno disuelto, lo cual
ha desencadenado la mencionada mortandad de fauna.
Actualmente, el ecosistema lagunar del Mar Menor ha perdido su capacidad de
regulación. El citado deterioro tiene como vehículo transmisor de la contaminación los
recursos hídricos, que bien en forma de escorrentía superficial o bien como drenaje a
través del acuífero cuaternario de la masa de agua subterránea del Campo de
Cartagena, llegan a la laguna alternado dicho ecosistema.
En el conjunto de actuaciones prioritarias definidas por el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico para recuperar el Mar Menor, se incluye la
realización de las obras de interés general enumeradas en la disposición adicional única.
La restauración de ecosistemas en franja perimetral del Mar Menor y la creación del
Cinturón Verde tiene como objetivo eliminar las afecciones directas y buscar un efecto
tampón o amortiguador de impactos, así como una naturalización del entorno inmediato
de la laguna. La renaturalización y mejora ambiental de las ramblas y de la red de
drenaje general de la cuenca vertiente al Mar Menor se orienta a garantizar la
funcionalidad del territorio, tanto en la respuesta frente a inundaciones como en la
mejora de la biodiversidad y en el papel a jugar en la retención de nutrientes y otros
compuestos, incluyendo la creación de corredores verdes asociados al Cinturón Verde,
para dotar de conectividad a todo el sistema y red de drenaje del Campo de Cartagena.
La restauración de emplazamientos mineros peligrosos abandonados y restauración de
zonas afectadas por la minería en la zona de influencia al Mar Menor tiene como objetivo
evitar la contaminación de los suelos y el acuífero y evitar escorrentías superficiales de
residuos mineros peligrosos que entren en el Mar Menor y deterioren su estado. La
renovación de la impulsión de la rambla del Albujón pretende alcanzar una explotación
próxima a su capacidad hidráulica, paliando la entrada de nutrientes por esta rambla, a la
que surgen aguas subterráneas ricas en los mismos. El objetivo de las obras de mejora
hidrológica y laminación de crecidas en la cuenca vertiente del Mar Menor es contribuir a
minimizar el riesgo de inundaciones en los municipios ribereños, laminando además la
entrada masiva de nitratos sin alterar la proporción de agua dulce y salada de la laguna.
Todas estas obras precisan de la declaración de interés general para iniciar de
forma inmediata el desarrollo y ejecución de los proyectos urgentes y prioritarios
que, con las características de cada uno que han quedado brevemente descritas,
tienen en común la finalidad de frenar y revertir el grave deterioro ecológico de la
laguna del Mar Menor.
Debe recalcarse también que este real decreto-ley no afecta al ordenamiento de las
instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos
regulados en el título I de la Constitución, al régimen de las Comunidades Autónomas ni
al Derecho electoral general.
En este sentido, y en relación con la prohibición de afectación a los derechos, deberes y
libertades de los ciudadanos regulados en el título I de la Constitución Española, la
consolidada doctrina constitucional, que resume la STC 139/2016, de 31 de julio (FJ 6),
«1.º) (…) este Tribunal ha rechazado una interpretación extensiva de dicho límite que
cve: BOE-A-2021-19305
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281