V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-47844)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental por el que se publica la aprobación provisional y se ordena la incoación del expediente de información pública del Proyecto de Trazado: "Autovía del Duero A-11. Tramo: Variante de Langa de Duero – Variante de Aranda de Duero (este). Provincias de Burgos y Soria. Clave: 12-BU-4690.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Miércoles 24 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68343
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
47844
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Oriental por el que se publica la aprobación provisional y se ordena la
incoación del expediente de información pública del Proyecto de
Trazado: "Autovía del Duero A-11. Tramo: Variante de Langa de Duero
– Variante de Aranda de Duero (este). Provincias de Burgos y Soria.
Clave: 12-BU-4690.
La Dirección General de Carreteras con fecha 15 de octubre de 2021 ha
resuelto:
1.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Trazado "Autovía del Duero A-11.
Tramo: Variante de Langa de Duero-Variante de Aranda de Duero (Este)",
redactado con fecha junio de 2021, con las siguientes prescripciones a
cumplimentar en el Proyecto de Construcción:
1.1 Se deberán tener en cuenta las indicaciones de la Orden FOM/3317/2010,
de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre las medidas
específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de
infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.
1.2 Se deberá proseguir la tramitación de la reposición de servicios, de
acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los
Proyectos de Obras" de 7 de marzo de 1994.
1.3 Se deberá recabar informe de la Confederación Hidrográfica del Duero en
el que se validen los criterios empleados, así como tener en cuenta las
observaciones que ésta formule.
2.- Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, modificada por Real
Decreto-Ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el presente trámite tendrá el
carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de
los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
■ Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo
es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos
afectados.
■ Los artículos 11 y 13 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.
cve: BOE-B-2021-47844
Verificable en https://www.boe.es
3.- Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y
León Oriental, se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información
Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas, y en cumplimiento de
cuanto establecen:
Núm. 281
Miércoles 24 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68343
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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
47844
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Oriental por el que se publica la aprobación provisional y se ordena la
incoación del expediente de información pública del Proyecto de
Trazado: "Autovía del Duero A-11. Tramo: Variante de Langa de Duero
– Variante de Aranda de Duero (este). Provincias de Burgos y Soria.
Clave: 12-BU-4690.
La Dirección General de Carreteras con fecha 15 de octubre de 2021 ha
resuelto:
1.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Trazado "Autovía del Duero A-11.
Tramo: Variante de Langa de Duero-Variante de Aranda de Duero (Este)",
redactado con fecha junio de 2021, con las siguientes prescripciones a
cumplimentar en el Proyecto de Construcción:
1.1 Se deberán tener en cuenta las indicaciones de la Orden FOM/3317/2010,
de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción sobre las medidas
específicas para la mejora de la eficiencia en la ejecución de las obras públicas de
infraestructuras ferroviarias, carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento.
1.2 Se deberá proseguir la tramitación de la reposición de servicios, de
acuerdo con lo dispuesto en la "Circular sobre modificación de servicios en los
Proyectos de Obras" de 7 de marzo de 1994.
1.3 Se deberá recabar informe de la Confederación Hidrográfica del Duero en
el que se validen los criterios empleados, así como tener en cuenta las
observaciones que ésta formule.
2.- Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, modificada por Real
Decreto-Ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el presente trámite tendrá el
carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de
los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
■ Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo
es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos
afectados.
■ Los artículos 11 y 13 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.
cve: BOE-B-2021-47844
Verificable en https://www.boe.es
3.- Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y
León Oriental, se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información
Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas, y en cumplimiento de
cuanto establecen: